Comunidad de Madrid
Normativa: Arts. 2, 2 bis, 2 ter y 2 quater del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 octubre
Los residentes de la Comunidad de Madrid aplicarán los siguientes importes en concepto de mínimos del contribuyente, por ascendientes y por discapacidad autonómicos:
Mínimo del contribuyente
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5.956,65 euros anuales con carácter general.
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Más 1.234,26 euros anuales por contribuyente mayor de 65 años.
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Adicionalmente 1.502,58 euros anuales por contribuyente mayor de 75 años.
Mínimo por ascendientes
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1.234,26 euros anuales por cada ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad.
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Más 1.502,58 euros anuales por cada ascendiente mayor de 75 años.
Mínimo por discapacidad del contribuyente y de ascendientes
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3.219,81 euros anuales por cada contribuyente o ascendiente, cuando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%.
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9.659,44 euros anuales por cada contribuyente o ascendiente, cuando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
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Más 3.219,81 euros anuales por cada contribuyente o ascendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Grado de discapacidad |
Discapacidad del contribuyente y/o ascendiente |
Gastos de asistencia |
Cuantía total |
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Igual o superior al 33% e inferior al 65% |
3.219,81 € |
3.219,81 € |
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Igual o superior al 33% e inferior al 65% y que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida |
3.219,81 € |
3.219,81 € |
6.439,62 € |
Igual o superior al 65% |
9.659,44 € |
3.219,81 € |
12.879,25 € |