Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años
Normativa: Disposición adicional cuarta. Cuatro Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril
Cuantía de la deducción
-
360 euros por cada contribuyente con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
-
144 euros por cada contribuyente mayor de 65 años.
Ambas cuantías son compatibles entre sí.
-
La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta para la aplicación de esta deducción se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).
Condiciones para la aplicación la deducción
Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción no sea superior a:
-
42.900 euros en tributación individual.
-
57.200 euros en tributación conjunta.