Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
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Si el contribuyente o su cónyuge, descendientes o ascendientes con los que conviva, son personas con discapacidad en grado igual o superior al 65%, se puede aplicar una deducción del 3% de las cantidades invertidas, con excepción de los intereses, en la adquisición o adecuación de su vivienda habitual en el Principado de Asturias, si cumplen los requisitos exigidos.
La aplicación de esta deducción es independiente de la deducción por inversión en vivienda habitual prevista en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del IRPF.
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Deducción de 303 € por familias monoparentales que tengan a su cargo hijos mayores de edad con discapacidad que convivan con el contribuyente y no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € siempre que cumplan los restantes requisitos exigidos.