Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
-
Los contribuyentes que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33% tendrán derecho a aplicar en la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas una deducción de 100 € cuando se cumplan determinados requisitos exigidos.
-
Los contribuyentes podrán deducir 600 € por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%, que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación, siempre que el acogimiento no dé lugar a la obtención de ayudas o subvenciones de la Comunidad de Autónoma de la Región de Murcia.
No se podrá practicar la presente deducción en el supuesto de acogimiento de mayores de 65 años, cuando el acogido esté ligado al contribuyente por un vínculo de parentesco de consanguinidad o de afinidad de grado igual o inferior al cuarto.