Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años
(Disposición adicional cuarta. Cuatro Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril)
Cuantía de la deducción
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360 euros por cada contribuyente con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
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144 euros por cada contribuyente mayor de 65 años.
Ambas cuantías son compatibles entre sí.
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La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta para la aplicación de esta deducción se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).
Condiciones para la aplicación la deducción
Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción no sea superior a:
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42.900 euros en tributación individual.
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57.200 euros en tributación conjunta.