5.2.3. Impuesto sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas e Impuesto sobre la Electricidad
Tendrán periodicidad trimestral las autoliquidaciones a presentar del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas y del Impuesto sobre la Electricidad, así como de las declaraciones de operaciones complemento de las anteriores.