1.3.3. Envíos postales
Conforme a lo dispuesto en el artículo 1, punto 24, del AD CAU, un envío postal contiene mercancías que cumplen las siguientes condiciones:
- ser distintas de los objetos de correspondencia,
- estar contenidas en un paquete o bulto postal, y
- ser transportadas por un operador postal o bajo su responsabilidad de conformidad con las disposiciones de la Unión Postal Universal (UPU).
En aras de la exhaustividad, el artículo 1, punto 25, del AD CAU define «operador postal» como «un operador establecido en un Estado miembro y designado por él para prestar los servicios internacionales regulados por el Convenio Postal Universal».