7. Inversión del sujeto pasivo
Con efectos desde 1 de enero de 2023, se introducen los siguientes cambios en el mecanismo de inversión del sujeto pasivo:
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En cuanto a las entregas de bienes:
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Se extiende su aplicación a las entregas de desechos y desperdicios de plástico y de material textil, por lo que los adquirentes de dichos bienes deberán ingresar el IVA de estas operaciones.
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Se excluye de su aplicación a las entregas de bienes efectuadas a favor del empresario o profesional que facilite la entrega a través de la interfaz digital y a las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por quien ostente la condición de exportador, distinto del transmitente o el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto, o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta del mismo.
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En relación a las prestaciones de servicios, se excluye de su aplicación pasando a ingresar el IVA el prestador del servicio, en las siguientes operaciones:
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Las prestaciones de servicios de arrendamientos de bienes inmuebles que estén sujetas y no exentas del Impuesto, efectuadas por personas o entidades no establecidas en el TAI con el objeto de que puedan acogerse al procedimiento general de deducción y de devolución.
- Las prestaciones de servicios de intermediación en el arrendamiento de bienes inmuebles efectuados por empresarios o profesionales no establecidos en el TAI.
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