Tipo impositivo del 5 por ciento
Desde el 1 de julio de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023, se establece el tipo del 5 por ciento para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 kW, cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 €/MWh.
Este tipo también se aplicará a los contratos de suministro de electricidad cuyos titulares sean perceptores del bono social, y además tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, durante el período al que se refiere el párrafo anterior, con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.
Desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, se establece el tipo del 5 por ciento para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural.
Desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, se establece el tipo del 5 por ciento para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña.
Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023 se establece el tipo del 5 por ciento a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los aceites de oliva y semillas y de las pastas alimenticias. No obstante, el tipo impositivo aplicable será el 10 por ciento a partir del día 1 del mes de noviembre de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de septiembre, publicada en octubre, sea inferior al 5,5 por ciento.