Obligados a presentar declaración censal
Están obligados a presentar la declaración censal:
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Las personas o entidades establecidas en el territorio de aplicación del impuesto que tengan la consideración de empresarios o profesionales.
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Las personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del impuesto cuando sean sujetos pasivos.
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Las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales cuyas adquisiciones intracomunitarias de bienes estén sujetas al IVA.
Como excepción no están obligados las personas o entidades que realicen exclusivamente las siguientes operaciones:
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Arrendamientos de bienes inmuebles exentos del IVA (siempre que su realización no constituya el desarrollo de una actividad empresarial de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
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Entregas ocasionales de medios de transporte nuevos exentas del IVA por destinarse a otro Estado miembro.
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Adquisiciones intracomunitarias exentas del IVA por operación triangular.