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Manual práctico de Sociedades 2020.

Entidades parcialmente exentas del artículo 9.3 de la LIS

  • Estas entidades tienen la obligación de declarar por la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas, salvo cuando cumplan los siguientes requisitos, en cuyo caso no tendrán obligación de declarar:

    • Que sus ingresos totales no superen 75.000 euros anuales.
    • Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen 2.000 euros anuales.
    • Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.
  • Estas entidades aplican el régimen especial de las entidades parcialmente exentas del Capítulo XIV del Título VII de la LIS.

    Las entidades que apliquen este régimen deberán marcar la casilla [00002] «Entidad parcialmente exenta» de la página 1 del modelo 200.

  • Son entidades parcialmente exentas en los términos previstos en el Capítulo XIV del Título VII de la LIS:

    • Las entidades e instituciones sin ánimo de lucro a las que no sea de aplicación el Título II de la Ley 49/2002.

    • Las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas.

    • Los colegios profesionales, las asociaciones empresariales, las cámaras oficiales, los sindicatos de trabajadores.

    • Los fondos de promoción de empleo constituidos al amparo del artículo veintidós de la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre reconversión y reindustrialización.

    • Las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social, reguladas en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.

    • Las entidades de derecho público Puertos del Estado y las respectivas de las Comunidades Autónomas.

      Novedad:

      Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2020 que no hayan finalizado antes de 9-7-2020, el Real Decreto-Ley 26/2020, de 7 de julio, elimina la referencia a las Autoridades Portuarias que dejan de ser consideradas como entidades parcialmente exentas, para pasar a tributar por el régimen general del Impuesto sobre Sociedades.