Cuota íntegra previa después de la reserva de nivelación
Esta casilla solo podrá ser cumplimentada cuando la entidad declarante sea una sociedad cooperativa.
Las sociedades cooperativas deberán consignar en la casilla [01331] «Cuota íntegra previa después de la reserva de nivelación» de la página 14 del modelo 200, el importe que resulte de aplicar los ajustes recogidos en las casillas [01285] y [01286] «Reserva de nivelación convertida en cuotas (solo entidades del artículo 101 LIS)» correspondientes a la aplicación de dicha reserva, realizando el siguiente cálculo:
Casilla [01331]= [00560] + [00210] – [00480] + [00408] – [01037] – [00561]+ [01285] - [01286]
Debe cumplirse que el resultado de la operación [00560] + [00210] – [00480] + [00408] – [01037] sea positivo y superior o igual al importe contenido en la casilla [00561], tomando sus importes en términos absolutos.
Las casillas [00210], [00480], [00408] y [01037] sólo pueden ser positivas, cero o estar en blanco. Es decir, no podrán tener valor negativo.