Casilla 00079 Entidad ZEC en consolidación fiscal
Deberán marcar esta casilla las sucursales de la Zona Especial Canaria (ZEC) de entidades con residencia fiscal en España que apliquen el tipo de gravamen especial del 4 por ciento previsto para esta Zona, y que, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, pueden formar parte de un grupo fiscal que aplique el régimen especial de consolidación fiscal previsto en el Capítulo VI del Título VII de la LIS.
Esta casilla permite identificar a las entidades que presenten dos modelos 200, uno en el que marcarán esta casilla y declararán la parte de base imponible a la que se le va aplicar el tipo de gravamen de la ZEC, y otro modelo 200, por la parte de la base imponible que no tributa al tipo impositivo especial y que va a aplicar el régimen especial de consolidación fiscal (en este modelo no deberán marcar la casilla [00079], pero sí las casillas [00009] «Entidad dominante de grupo fiscal» o [00010] «Entidad dependiente de grupo fiscal», según corresponda).
Estas entidades deberán marcar también la casilla [00029] «Régimen especial Canarias» de la página 1 del modelo 200.
Puede consultar las particularidades del régimen fiscal aplicable a las entidades ZEC en el Capítulo 12 de este Manual práctico.