Régimen fiscal de las entidades navieras en función del tonelaje
El desarrollo de los ajustes a realizar en las casillas [00397] y [00398] «Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje (Capítulo XVI del Título VII LIS)» de la página 13 del modelo 200, por las entidades que se hayan acogido al régimen fiscal especial de las entidades navieras en función del tonelaje que se regula en el Capítulo XVI del Título VII de la LIS, se encuentra en el apartado dedicado a estas entidades dentro del Capítulo 10 «Regímenes tributarios especiales (II)» de este Manual práctico.