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Manual práctico de Sociedades 2020.

Comunicación

Regulación: Artículos 89.1 LIS y 48 y 49 RIS

La realización de las operaciones a las que nos hemos referidos en el apartado anterior «Operaciones a las que se aplica el régimen especial» (artículos 76 y 87 de la LIS) deberá ser objeto de comunicación a la Administración tributaria:

  • Presentación

    Deberá ser presentada por la entidad adquirente de las operaciones, siempre que sea residente en territorio español. Si la entidad adquirente no es residente en territorio español, dicha comunicación se realizará por la entidad transmitente.

    En el caso de operaciones en las que ni la entidad adquirente ni la transmitente son residentes en territorio español, la comunicación deberá ser presentada por los socios de la entidad transmitente, siempre que sean residentes en territorio español. En caso contrario, la comunicación será efectuada por la entidad transmitente.

  • Plazo de presentación

    Deberá presentarse dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción de la escritura pública en que se documente la operación.

    Si la inscripción no fuera necesaria, el plazo se computará desde la fecha en que se otorgue la escritura pública o documento equivalente que corresponda a la operación.

    En las operaciones de cambio de domicilio social, la comunicación deberá realizarse dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción en el registro del Estado miembro del nuevo domicilio social de la escritura pública o documento equivalente en que se documente la operación.

    En el caso de operaciones en las que ni la entidad adquirente ni la transmitente sean residentes en territorio español, la comunicación se realizará en el plazo previsto para la presentación de las declaraciones o autoliquidaciones correspondientes a los socios de la entidad transmitente, siempre que sean residentes en territorio español. En caso contrario, se aplicará el plazo previsto en el primer párrafo.

  • Lugar de presentación

    La comunicación debe dirigirse a la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal de las entidades, o en su caso, a las Dependencias Regionales de Inspección o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, a las que estén adscritas.

  • Contenido de la comunicación:

    • Identificación de las entidades participantes en la operación y descripción de la misma.

    • Copia de la escritura pública o documento equivalente que corresponda a la operación.

    • Si las operaciones se han realizado mediante una oferta pública de adquisición de acciones, deberá aportarse también copia del correspondiente folleto informativo.

    • Indicación, en su caso, de la no aplicación de este régimen fiscal especial.