Sociedades en situación de concurso o liquidación
Estas entidades deberán presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades hasta el momento de su extinción.
A estos efectos, una entidad en situación de liquidación deberá presentar las declaraciones del Impuesto correspondientes a los períodos impositivos que concluyan durante el proceso de liquidación, así como la declaración del último período impositivo, el cual finalizará en la fecha de extinción de la sociedad en liquidación y ello, con independencia de que la cuota resulte nula.
Recuerde:
La extinción de la entidad se producirá en la fecha en que se inscriba en el Registro Mercantil la escritura pública de extinción y se cancelen los asientos registrales de la sociedad, quedando obligada dicha entidad a presentar la declaración del Impuesto en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la realización del asiento de cancelación en el Registro Mercantil.