Caracteres de la declaración (página 1 del modelo 200)
En primer lugar, las sociedades cooperativas que apliquen el régimen especial previsto en la Ley 20/1990, atendiendo a su clasificación, deberán marcar una de las siguientes casillas de la página 1 del modelo 200:
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Casilla [00017] Cooperativa protegida
Marcarán esta casilla las cooperativas que tengan la consideración de protegidas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 20/1990.
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Casilla [00018] Cooperativa especialmente protegida
Deberán marcar esta casilla las cooperativas que tengan la consideración de especialmente protegidas, por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 7 de la Ley 20/1990.
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Casilla [00080] Uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas
Marcarán esta casilla las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, estén formadas por cooperativas de cualquier tipo y clase que constituyan sociedades, agrupaciones, consorcios y uniones entre sí, o con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, formalizando convenios o acuerdos, para el mejor cumplimiento de su objeto social y para la defensa de sus intereses.
Recuerde:
Según se establece en el artículo 36.b) de la Ley 20/1990, estas entidades tributarán en el Impuesto sobre Sociedades por el régimen de las entidades parcialmente exentas regulado en el Capítulo XIV del Título VII de la LIS.
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Casilla [00019] Resto de cooperativas
Marcarán esta casilla las cooperativas que no tengan la condición de cooperativa fiscalmente protegida por incurrir en alguna de las causas de pérdida de dicha condición establecidas en el artículo 13 de la Ley 20/1990.
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Casillas [00009] y [00010] Grupos de cooperativas
Los grupos de cooperativas que tributen en el régimen de consolidación fiscal regulado en el Capítulo VI del Título VII de la LIS y en el Real Decreto 1345/1992, de 6 de noviembre, por el que se dictan normas para la adaptación de las disposiciones que regulan la tributación sobre el beneficio consolidado a los grupos de sociedades cooperativas, deberán marcar estas casillas de la siguiente forma:
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Casilla [00009] «Entidad dominante de grupo fiscal»
Se debe marcar esta casilla para indicar si la sociedad cooperativa declarante es la entidad dominante o entidad cabeza del grupo fiscal.
Las entidades que marquen esta casilla deberán cumplimentar también la casilla [00040] «Número de grupo fiscal» del apartado «Grupo» de la página 1 del modelo 200, al objeto de identificar el grupo fiscal al que pertenecen.
En caso de que se marque esta casilla se trasladará directamente el NIF de la sociedad cooperativa declarante, consignado en el apartado de identificación, al campo de la página 1 del modelo 200 denominado «NIF de la entidad representante/dominante (incluida en el grupo fiscal)» que solo puede ser cumplimentado por las entidades que hayan marcado las casillas [00009] «Entidad dominante de grupo fiscal» o [00010] «Entidad dependiente de grupo fiscal».
Las sociedades cooperativas que marquen esta casilla no deberán cumplimentar los datos de las páginas 15 a 20 ter, salvo la página 19, en lo relativo a la aplicación de resultados, el detalle de las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias, y la página 20 bis, en el apartado de reversión de las pérdidas por deterioro de valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades pendientes de reversión.
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Casilla [00010] «Entidad dependiente de grupo fiscal»
Se debe marcar esta casilla para indicar si la sociedad cooperativa declarante es la entidad dependiente dentro del grupo fiscal.
Las sociedades cooperativas que marquen esta casilla deberán cumplimentar la casilla[00040] «Número de grupo fiscal» del apartado «Grupo» de la página 1 del modelo 200, al objeto de identificar el grupo fiscal al que pertenecen.
En caso de que se haya marcado la casilla [00010], la sociedad cooperativa declarante deberá consignar el NIF de la sociedad cooperativa dominante o representante (en el caso de grupos constituidos solo por sociedades cooperativas dependientes) en el campo denominado «NIF de la entidad representante/dominante (incluida en el grupo fiscal)» del apartado «Grupo» de la página 1 del modelo 200.
Además, las sociedades cooperativas que marquen la casilla [00010] de la página 1 del modelo 200, deberán consignar en el caso de grupos cuya sociedad cooperativa resida en el extranjero o estén sometidas a la normativa foral, el número de identificación de la sociedad cooperativa del grupo al que pertenecen, en el campo «N.º identificación de la entidad dominante (en el caso de grupos constituidos solo por entidades dependientes)» del apartado «Grupo» de la página 1 del modelo 200.
Las sociedades cooperativas que marquen esta casilla solo deberán cumplimentar en las páginas 15 a 20 ter del modelo 200, los apartados relativos a la aplicación de resultados, al detalle de las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias de la página 19, así como el apartado de reversión de las pérdidas por deterioro de valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades pendientes de reversión de la página 20 bis.
Las sociedades cooperativas no deberán cumplimentar el cuadro «Detalle de compensación de cuotas» de la página 22 del modelo 200.
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Grupo de cooperativas multinacional
En el caso de que un grupo de cooperativas constituya una multinacional, deberán marcar las siguientes casillas:
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Casilla [00081] Filial grupo multinacional
Marcarán esta casilla las sociedades cooperativas que formen parte de un grupo multinacional, con independencia de su tributación en el Régimen de consolidación fiscal regulado en el Capítulo VI del Título VII de la LIS, para indicar si dicha entidad declarante es una entidad dependiente dentro del grupo multinacional.
Recuerde:
Las sociedades cooperativas que marquen esta casilla deberán cumplimentar en el apartado «Grupo» de la página 1 del modelo 200, la información solicitada sobre la sociedad matriz última del grupo multinacional, tanto si ésta es residente en territorio español como si reside en el extranjero (puede consultar cómo se cumplimenta el apartado «Grupo» en el Capítulo 2 de este Manual práctico).
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Casilla [00082] Sociedad matriz última grupo multinacional
Marcarán esta casilla las sociedades cooperativas que formen parte de un grupo multinacional, con independencia de su tributación en Régimen de consolidación fiscal regulado en Capítulo VI del Título VII de la LIS, para indicar si dicha entidad declarante es la entidad dominante o cabeza del grupo multinacional.
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