Casilla 00070 Compensación bases imponibles negativas para entidades de nueva creación (art. 26.3 LIS)
Marcarán esta casilla las entidades de nueva creación a las que se refiere el artículo 29.1 de la LIS, y que según lo dispuesto en el artículo 26.3 de dicha Ley, no apliquen el límite del 70 por ciento establecido en el primer párrafo del artículo 26.1 de la LIS para la compensación de bases imponibles negativas.
Según se establece en el artículo 26.3 de la LIS, estas entidades de nueva creación no aplicarán el límite del 70 por ciento en los tres primeros períodos impositivos en que se genere una base imponible positiva previa a su compensación.