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Manual práctico de Sociedades 2021.

Importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo

Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2019, se deberá incluir en los supuestos que se señalan a continuación, información sobre el importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo en el cuadro «Importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo» de la página 21 del modelo 200. Aunque este dato ya se solicitaba en el formulario de ayuda y en los diseños de registro para presentación directa, hasta el ejercicio 2019 no se recoge de forma visual en el modelo 200.

Cumplimentación del cuadro «Importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo» (página 21 del modelo 200)

El contribuyente deberá informar en este cuadro sobre el importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo a efectos de determinar, si procede, los límites a las correcciones contables de las dotaciones a las que se refiere el artículo 11.12 de la LIS (casilla [00211]), a la compensación de bases imponibles negativas (casilla [00547]), a la compensación de cuotas por pérdidas de las cooperativas (casilla [00561]), a las deducciones por doble imposición interna previstas en el artículo 30 del RDLeg. 4/2004 y en la DT 23ª de la LIS (casillas [00570], [01344] y [01280]), a las deducciones por doble imposición internacional de los artículos 31 y 32 del RDLeg. 4/2004 y 31 y 32 de la LIS (casillas [00572], [00571], [00573]) y/o a la deducción por transparencia fiscal internacional del artículo 100.10 de la LIS (casilla [00575]).

A estos efectos, cuando el contribuyente proceda a cumplimentar alguna de las siguientes casillas: [00211], [00547], [00561], [00570], [01344], [01280], [00572], [00571], [00573] y [00575] (excepto en los supuestos en que ya se hubiera cumplimentado el cuadro previamente o con ocasión de la cumplimentación de las restantes casillas en las que se pide la información de ese dato), se abrirá una ventana de desglose en la que se deberá indicar una de las situaciones siguientes:

  1. Contribuyente cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea inferior a 20 millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo.

  2. Contribuyente cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea al menos de 20 millones de euros, pero inferior a 60 millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo.

  3. Contribuyente cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea al menos de 60 millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo.

La opción marcada por el usuario se trasladará al cuadro «Importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo» de la página 21 del modelo 200.

A tener en cuenta:

La opción indicada por el contribuyente se tendrá en cuenta para el cálculo del importe del resto de las casillas que precisen conocer este dato, por lo que una vez cumplimentado el cuadro de la página 21, cuando se acceda al resto de casillas que precisen dicho cálculo, no se volverá a mostrar la ventana de desglose. No obstante, accediendo al cuadro de la página 21, se podrá modificar la opción elegida.