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Manual práctico de Sociedades 2021.

Aplicación de resultados (página 20 quater)

En este apartado, la entidad declarante deberá consignar toda la información disponible acerca de los resultados que van a ser objeto de aplicación, tanto en lo referente a su origen (casillas [00650], [00651] y [00652]), como en lo relativo al destino de los mismos (casillas [00654], [01270], [01271], [01522] y casillas de la [00655] a [00665]).

En las casillas [00650], [00651] y [00652] del subapartado «Base de reparto», se deberá consignar los importes relativos a las partidas contables de Pérdidas y Ganancias, Remanente y Reservas del ejercicio correspondiente al período impositivo al que se refiere la declaración y que van a ser objeto de reparto.

En el subapartado «Aplicación», las casillas [00654], [01270], [01271], [01522] y las casillas de la [00655] a [00665], se utilizarán según las características de cada entidad declarante:

  1. Para las entidades declarantes en general, se cumplimentarán la casilla [01270] de «Reserva de capitalización», la casilla [01271] de «Reserva de nivelación» y la casilla [01522] de «Otras reservas», cuyo sumatorio se recogerá en la casilla [00654] «A reservas», así como la casilla [00656] «A dividendos», la casilla [00664] «A remanente y otros» y la casilla [00665] «A compensación de pérdidas de ejercicios anteriores».

  2. Para el resto de entidades declarantes, la cumplimentación de las diferentes casillas dependerá de los regímenes específicos de cada una de ellas:

    1. Las Sociedades Cooperativas cumplimentarán:

      • La casilla [00655] para consignar los intereses que constituyan remuneración de las aportaciones al capital social.

      • La casilla [00659] para la dotación al Fondo de Reserva Obligatorio y para la dotación al Fondo de Educación y Promoción, aunque para este último solamente para aquella dotación que se efectúe con carácter voluntario y conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre.

      • La casilla [00660] para consignar los retornos cooperativos.

    2. Las Cajas de Ahorros cumplimentarán la casilla [00658] para consignar la dotación a la Obra Social.

    3. Las Instituciones de Inversión Colectiva cumplimentarán la casilla [00662] para consignar la asignación a sus partícipes.

Las entidades que consignen un importe negativo [con signo menos (-)] en la casilla [00500] de la página 8 del modelo 200, solo deberán cumplimentar este apartado en el caso en que apliquen reservas.

Por último, en las casillas [00653] y [00666] se recogerá el total de los importes correspondientes a los subapartados «Base de reparto» y «Aplicación», respectivamente. En todo caso, los importes totales de las casillas [00653] y [00666], deberán ser coincidentes.