Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria (art. 130 LIS)
- Abono por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria
- Compensación por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria
- Regularización de conversión de activos por impuesto diferido mediante autoliquidación complementaria
- Cumplimentación del cuadro «Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria» (art. 130, DA 13ª y DT 33 LIS) (página 20 ter del modelo 200)