Retenciones por otros conceptos diferentes a los rendimientos del capital mobiliario o a los arrendamientos de inmuebles urbanos atribuidas por entidades en atribución de rentas
Los contribuyentes deberán consignar en las casillas [01793] y [01794] «Retenciones por otros conceptos diferentes a los rendimientos del capital mobiliario o a los arrendamientos de inmuebles urbanos atribuidas por entidades en atribución de rentas» de la página 14 bis del modelo 200, los siguientes importes:
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En la casilla [01793] se deberá consignar el importe de las retenciones soportadas y atribuidas por las entidades en atribución de rentas en el período objeto de declaración por otros conceptos diferentes a las retenciones practicadas sobre los rendimientos de capital mobiliario o sobre las rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, en los términos referidos en las casillas anteriores.
Asimismo, las agrupaciones de interés económico españolas y las uniones temporales de empresas consignarán en esta casilla [01793], en su caso, las retenciones e ingresos a cuenta y pagos a cuenta citados en el párrafo anterior que no deban ser objeto de imputación a los socios o empresas miembros residentes en territorio español.
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La casilla [01794] será cumplimentada exclusivamente por aquellas entidades que sean socios o miembros de una agrupación de interés económico española o de una unión temporal de empresas. En esta casilla se consignará el importe de las retenciones practicadas sobre los rendimientos referidos en el párrafo anterior, obtenidos por una o varias de dichas entidades y que hayan sido imputados a la entidad declarante.