Certificación del Secretario del Consejo de Administración, declarante o representante
La certificación que se exige en este apartado de la página 2 bis del modelo 200 deberá ser firmada por el Secretario del Consejo de Administración o en su caso, por la persona que cumpla sus funciones en el órgano que sustituya a dicho Consejo, debiendo además consignar su nombre y apellidos y su Número de Identificación Fiscal (NIF) en los espacios reservados al efecto.
Con esta certificación se acredita que los firmantes de la declaración están facultados para actuar en nombre y por cuenta de la entidad declarante, y que sus nombramientos no han caducado ni han sido revocados en la fecha de la firma de la declaración.
En el caso en que la declaración corresponda a un establecimiento permanente o a una entidad en régimen de atribución de rentas constituida en el extranjero con presencia en territorio español, sujetos al Impuesto sobre la Renta de no Residentes, el firmante deberá ser el declarante o representante, y se deberá consignar además la fecha de la firma.