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Manual práctico de Sociedades 2022.

Tipos de gravamen vigentes

ContribuyentesTipos de gravamen 2022
Tipo general 25 por 100
Entidades de nueva creación del artículo 29.1 de la LIS que realicen actividades económicas, excepto que tributen a un tipo inferior, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente (no siendo aplicable a aquellas entidades que tengan la consideración de entidad patrimonial) 15 por 100
Entidades de nueva creación constituidas entre el 1-1-2013 y el 31-12-2014 que realicen actividades económicas, que según la DT 22ª de la LIS pueden seguir aplicando el tipo de gravamen establecido en la DA 19ª del RDLeg. 4/2004, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente:
• Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros
15 por 100
• Por la parte de base imponible restante
20 por 100
Entidades de crédito 30 por 100
Entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos según lo previsto en la Ley 34/1998 30 por 100
Entidades que desarrollen exclusivamente la actividad de almacenamiento de hidrocarburos propiedad de terceros y a las que no les resulta aplicable el régimen especial establecido en el Capítulo IX del Título VII de la LIS 25 por 100
Actividades relativas al refino y cualesquiera otras distintas de las de exploración, investigación, explotación, transporte, almacenamiento, depuración y venta de hidrocarburos extraídos o de la actividad de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos propiedad de terceros 25 por 100
Sociedades de cooperativas de crédito y cajas rurales: (1)
• Resultados cooperativos
25 por 100
• Resultados extracooperativos
30 por 100
Cooperativas fiscalmente protegidas: (1)
• Resultados cooperativos
20 por 100
• Resultados extracooperativos
25 por 100
Entidades a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002 10 por 100
Entidades de la Zona Especial de Canarias (artículo 43 Ley 19/1994), respecto a la parte de la base imponible que corresponde a las operaciones que se realicen material y efectivamente en el ámbito geográfico de la ZEC (casilla [00559]) 4 por 100
Fondo de inversión de carácter financiero con determinadas condiciones del artículo 29.4 de la LIS 1 por 100
Sociedades y fondos de inversión inmobiliaria, que tengan por objeto exclusivo la inversión en cualquier tipo de inmueble de naturaleza urbana para su arrendamiento y cumplan las condiciones del artículo 29.4.c) de la LIS, así como los que desarrollen la actividad de promoción exclusivamente de viviendas para destinarlas a su arrendamiento y cumplan las condiciones del artículo 29.4.d) de la LIS 1 por 100
SICAV con determinadas condiciones indicadas en el artículo 29.4 de la LIS que remite a la Ley 35/2003 1 por 100
Fondo de regulación del mercado hipotecario 1 por 100
Fondos de Activos Bancarios (durante el período de tiempo legalmente previsto) 1 por 100
Entidades en régimen especial SOCIMI establecido en la Ley 11/2009:
• Con carácter general
0 por 100
• Gravamen especial sobre los beneficios distribuidos
19 por 100
• Gravamen especial sobre los beneficios no distribuidos
15 por 100
Empresas emergentes 15 por 100
Fondos de pensiones regulados por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre 0 por 100

Nota a la tabla:

(1) A los únicos efectos de cumplimentar la casilla [00558] «Tipo de gravamen», el tipo de gravamen a consignar por las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas en la misma será el que corresponda a los resultados cooperativos: 20 por ciento (25 por ciento si se trata de cooperativas de crédito y cajas rurales). (volver sociedades) (volver cooperativas)