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Manual práctico de Sociedades 2022.

Ámbito de aplicación

Regulación: Artículos 16 y 17 Ley 49/2002

Podrán aplicar esta deducción las entidades que realicen donativos, donaciones y aportaciones a favor de las siguientes entidades:

  1. Las entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en el Título II de la Ley 49/2002.

  2. El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como los Organismos autónomos del Estado y las entidades autónomas de carácter análogo de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

  3. Las universidades públicas y los colegios mayores adscritos a las mismas.

  4. El Instituto Cervantes, el Institut Ramon Llull y las demás instituciones con fines análogos de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia.

  5. Los Organismos Públicos de Investigación dependientes de la Administración General del Estado.