Plazo para presentar la declaración
A diferencia de lo que sucede con otras figuras impositivas, la declaración del Impuesto sobre Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, sino que cada contribuyente tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período impositivo.
Según se establece en el artículo 124.1 de la LIS, la declaración se presentará con carácter general en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
De esta forma, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado en los veinticinco primeros días naturales del mes de julio.
En el caso en que el período impositivo no coincida con el año natural y finalice un mes que tenga 30 días, el plazo de los 6 meses debe computarse de fecha a fecha. Es decir, si el período impositivo finaliza el 30 de junio, el plazo de seis meses concluiría el 30 de diciembre del mismo año. A partir de esta fecha se computarán los 25 días naturales, por lo que el plazo empezará a computar el 31 de diciembre y concluirá el 24 de enero del año siguiente.
Importante:
En los casos en que el último día del plazo de presentación de la declaración sea inhábil, dicho plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
De conformidad con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, son días inhábiles los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Ejemplo:
Para una entidad que tributa por el régimen general del Impuesto sobre Sociedades, cuyo período impositivo esté comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, el plazo de presentación de la declaración será del 1 al 25 de julio de 2024, siempre que este último día no coincida con algún día inhábil. En 2024, el último día para presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades será el 25 de julio de 2024.
No obstante, los contribuyentes cuyo plazo de declaración se hubiera iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden HAC/495/2024, de 21 de mayo, por la que se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, deberán presentar la declaración dentro de los 25 días naturales a la fecha de entrada en vigor de la citada Orden, salvo que opten por presentar la declaración utilizando los modelos y formas de presentación contenidos en la Orden HFP/523/2023, de 22 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración aplicables a los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, en cuyo caso el plazo de presentación será el general expuesto en el segundo párrafo anterior de este apartado.
Ejemplo:
El período impositivo de una entidad está comprendido entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2023.
El plazo de presentación de la declaración será el de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a 31 de julio de 2023, fecha de conclusión del período impositivo. Así, el plazo de presentación sería el período comprendido entre el 1 y el 25 de febrero de 2024 (siempre que este último día no coincida con un día inhábil). Dado que a 1 de febrero de 2024 no había entrado en vigor la Orden del Ministro de Hacienda aprobando los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondientes a períodos impositivos iniciados dentro de 2023, esta entidad podrá:
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Esperar a la entrada en vigor de la citada Orden a efectos del cómputo del plazo de los 25 días naturales siguientes a esa fecha de entrada en vigor.
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Presentar la declaración en el plazo general de presentación, es decir del 1 al 26 de febrero de 2024 (el 25 de febrero de 2024 es inhábil), utilizando para ello los modelos de declaración y las formas de presentación del Impuesto sobre Sociedades aprobados para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.