Notas comunes a los apartados A y B
Cuando se cumplimenten los apartados A y B de la página 2 del modelo 200, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos comunes a dichos apartados:
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En las columnas «NIF», se consignará el número de identificación fiscal de la persona física o jurídica de que se trate.
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En las columnas «Código provincia/país», si se trata de personas o entidades no residentes sin establecimiento permanente, se consignará el código de dos letras que corresponda, según la relación de países que figura al final de este capítulo. En el caso de residentes en territorio español o de no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente en el mismo, se deberá consignar los dos dígitos que corresponda según la siguiente relación de provincias:
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En las columnas «% Particip.», en el supuesto en que el porcentaje de participación no sea un número entero, se deberá expresar con dos decimales.
- Si los espacios previstos en esta página del modelo 200 resultan insuficientes, cabe la posibilidad de introducir líneas adicionales.