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Manual práctico de Sociedades 2023.

Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad (art. 38 LIS)

1. Importe y requisitos

Los contribuyentes podrán deducirse de la cuota íntegra la cantidad de:

  • 9.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

  • 12.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

Los trabajadores contratados que dieran derecho a esta deducción no se computarán a efectos de la libertad de amortización con creación de empleo regulada en el artículo 102 de la LIS.

Las cantidades no deducidas en el período impositivo podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan dentro de los 15 años inmediatos y sucesivos.

2. Cálculo

Para poder calcular el importe de esta deducción, se deberá determinar el incremento en personas/año del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad experimentado en el período impositivo, respecto de la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

Por lo tanto, será necesario efectuar en primer lugar, el siguiente cálculo:

[Δ M3] = [M2] - [M1]

Donde:

  • M1 es el promedio de la plantilla en personas/año de trabajadores con discapacidad correspondiente al período inmediato anterior.

  • M2 es el promedio de la plantilla en personas/año de trabajadores con discapacidad correspondiente al período objeto de declaración.

  • Δ M3 es el incremento del promedio de la plantilla en personas/año correspondiente a trabajadores con discapacidad.

Una vez calculado el incremento del promedio de la plantilla en personas/año correspondiente a trabajadores con discapacidad (Δ [M3]), la deducción por creación de empleo generada en el ejercicio será el resultado de aplicar la cantidad de 9.000 o 12.000 euros a dicho incremento:

[Δ M3] x 9.000 o [Δ M3] x 12.000

Ejemplo:

La Sociedad Anónima «X», cuyo período impositivo coincide con el año natural, tuvo durante 2022 una plantilla promedio de 5 trabajadores con discapacidad igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento. Al final del ejercicio tenía un total de 6 trabajadores con discapacidad.

Durante 2023, la plantilla de la empresa experimentó las siguientes variaciones:

  • El 30 de junio se contrató a un trabajador sin ningún tipo de discapacidad.

  • El 1 de julio fueron contratados dos trabajadores con discapacidad en grados del 33 y 34 por ciento.

  • El 1 de octubre se contrató a un trabajador con discapacidad en grado del 33 por ciento.

    • Promedio de plantilla 2023 de trabajadores con discapacidad (cálculo):

      6 + [(6/12) x 2] + [(3/12) x 1] = 7,25

    • Incremento de hombres/año empleados con derecho a deducción:

      7,25 - 5 = 2,25

    • Cálculo de la deducción por creación de empleo:

      9.000 x 2,25 = 20.250 euros