Supuestos prácticos
Ejemplo 1:
La sociedad «M» es una entidad de reducida dimensión que tributa por el régimen especial aplicable a dichas entidades previsto en los artículos 101 a 105 de la LIS, cuyo período impositivo coincide con el año natural.
Dicha sociedad en el ejercicio 2024 estaba obligada a dotar una reserva de 100.000 euros y solo dotó en dicho ejercicio la cantidad de 50.000 euros.
En la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2024, la sociedad «M» debió cumplimentar el apartado «Dotación de la reserva» del cuadro «Reserva de nivelación» de la página 20 bis del modelo 200 de la siguiente forma:
| Ejercicio de generación |
Importe reserva a dotar | Importe reserva dotada | Importe reserva pendiente dotación |
Reserva dispuesta |
|---|---|---|---|---|
| 2024 | 100.000 | 50.000 | 50.000 | 0 |
Posteriormente en el ejercicio 2025, la sociedad «M» dota una reserva adicional de 25.000 euros correspondiente al importe de la reserva que estaba obligada a dotar en el ejercicio 2024.
En la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025, la sociedad «M» deberá cumplimentar el apartado «Dotación de la reserva» del cuadro «Reserva de nivelación» de la página 20 bis del modelo 200 de la siguiente forma:
| Ejercicio de generación |
Importe reserva a dotar | Importe reserva dotada | Importe reserva pendiente dotación |
Reserva dispuesta |
|---|---|---|---|---|
| 2024 | 100.000 | 75.000 | 25.000 | 0 |
Como se puede ver en este ejemplo, el importe de 100.000 euros a consignar en la columna «Importe reserva a dotar» no varía en las distintas declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en tanto persista la obligación de dotar la reserva de nivelación.
Ejemplo 2:
La sociedad «A» es una entidad de reducida dimensión que tributa por el régimen especial aplicable a dichas entidades previsto en los artículos 101 a 105 de la LIS, cuyo período impositivo coincide con el año natural.
Ejercicio 2024:
| Fondos propios de la sociedad «A» a 01/01/2024 | Fondos propios de la sociedad «A» a 31/12/2024 | ||
|---|---|---|---|
|
Capital social
|
300.000 |
Capital social
|
300.000 |
|
Reserva legal
|
30.000 |
Reserva legal
|
30.000 |
|
Reservas estatutarias
|
10.000 |
Reservas estatutarias
|
10.000 |
|
Reservas voluntarias
|
300 |
Reservas voluntarias
|
30.300 |
|
Resultado del ejercicio 2023
|
50.000 |
---
|
--- |
Otros datos:
Cálculo reservas de capitalización y de nivelación ejercicio 2024
-
En primer lugar, la sociedad «A» calcula la reserva de capitalización en los términos del artículo 25 de la LIS:
Total: 300.300 Total: 330.300 FFPP a efectos del artículo 25 a 01/01/2024 FFPP a efectos del artículo 25 a 31/12/2024 Capital social300.000 Capital social300.000 Reservas voluntarias300 Reservas voluntarias30.300 Según los datos anteriores, el incremento de los fondos propios (Δ FFPP) es de 30.000
Por lo tanto, la reserva de capitalización del ejercicio según establece el artículo 25 de la LIS, será el 15% del incremento de los fondos propios de la sociedad, con el límite del 10% de la base imponible positiva del período impositivo previa a esta reducción, a la integración a que se refiere el apartado 12 del artículo 11 de esta Ley y a la compensación de bases imponibles negativas:
Deberán cumplirse los requisitos de mantenimiento del incremento de los fondos propios. Asimismo, deberá dotarse una reserva de capitalización por importe de 4.500.
-
En cuanto a la reserva de nivelación del ejercicio 2024 según establece el artículo 105 de la LIS podrá minorarse hasta el 10% de la base imponible positiva, con el límite de 1 millón de euros:
La cantidad de 24.700 se adicionará a la base imponible de los períodos impositivos que concluyan en los 5 años inmediatos y sucesivos a la finalización del período impositivo2024, siempre que la sociedad «A» tenga una base imponible negativa, y hasta el importe de la misma. El importe restante se adicionará a la base imponible del período impositivo correspondiente a la fecha de conclusión del referido plazo.
Deberá dotarse en 2024 una reserva de nivelación por importe de 24.700
La liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2024 es la siguiente:
Liquidación del IS 2024 Resultado contable antes de impuestos 2024 250.000 Diferencias0 BI previa a la reducción del art. 25 y a la compensación de BI negativas 250.000 Reserva de capitalización (límite 10% x 250.000 = 25.000)-4.000 Compensación de bases imponibles negativas períodos anteriores 0 Base imponible 246.000 Reserva de nivelación (límite 1.000.000)-24.700 BI después de la reserva de nivelación 221.300 Tipo impositivo 25% Cuota íntegra 55.325 Deducciones y bonificaciones fiscales 0 Cuota líquida 55.325 Retenciones y pagos a cuenta -5.000 Cuota diferencial 50.325
Ejercicio 2025:
| Fondos propios de la sociedad «A» a 01/01/2025 | Fondos propios de la sociedad «A» a 31/12/2025 | ||
|---|---|---|---|
|
Capital social
|
300.000 |
Capital social
|
300.000 |
|
Reserva legal
|
30.000 |
Reserva legal
|
30.000 |
|
Reservas estatutarias
|
10.000 |
Reservas estatutarias
|
20.000 |
|
Reservas voluntarias
|
30.300 |
Reserva de capitalización
|
4.000 |
|
Resultado del ejercicio 2024
|
250.000 |
Reserva de nivelación
|
24.700 |
|
---
|
--- |
Reservas voluntarias
|
60.300 |
Otros datos:
Cálculo reservas de capitalización y de nivelación ejercicio 2025
-
En primer lugar, la sociedad «A» calcula la reserva de capitalización en los términos del artículo 25 de la LIS:
Total: 330.300 Total: 364.300 FFPP a efectos del artículo 25 a 01/01/2025 FFPP a efectos del artículo 25 a 31/12/2025 Capital social300.000 Capital social300.000 Reservas voluntarias30.300 Reservas voluntarias60.300 ------ Reserva de capitalización4.000 Según los datos anteriores, el incremento de los fondos propios (Δ FFPP) es de 34.000.
Además, no se ha producido incremento de la plantilla media total de trabajadores respecto de la plantilla media total del período impositivo inmediato anterior.
Por lo tanto, la reserva de capitalización del ejercicio según establece el artículo 25 de la LIS, será el 20% del incremento de los fondos propios de la sociedad:
El INCN del período anterior es superior a 1 millón de euros, por lo que la sociedad podrá aplicar la reserva de capitalización con el límite del 20% de la base imponible positiva del período impositivo antes de esta reducción, de la integración prevista en el artículo 11.12 de la LIS y de la compensación de bases imponibles negativas
-
En cuanto a la reserva de nivelación del ejercicio 2025, dado que la base imponible del período es de -20.000, las cantidades minoradas por reserva de nivelación de 2024 deberán adicionarse hasta dicho importe:
La liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 es la siguiente:
Liquidación del IS 2025 Resultado contable antes de impuestos 2025 -20.000 Diferencias0 BI previa a la reducción del art. 25 y a la compensación de BI negativas -20.000 Reserva de capitalización (límite 0)0 Compensación de bases imponibles negativas períodos anteriores 0 Base imponible -20.000 Reserva de nivelación (límite BI negativa:-20.000)20.000 BI después de la reserva de nivelación 0 Tipo impositivo 24% Cuota íntegra 0 Deducciones y bonificaciones fiscales 0 Cuota líquida 0 Retenciones y pagos a cuenta -5.000 Cuota diferencial -5.000
Cumplimentación en el modelo 200 de los cuadros de las reservas de capitalización y de nivelación ejercicios 2024 y 2025
• Declaración del Impuesto sobre Sociedades 2024
Reserva de nivelación (página 20 bis del modelo 200)
| Ejercicio de generación |
Importe minoración BI en el período / pendiente de adicionar a inicio del período |
Importe adicionado a base imponible en el período |
Importe BI integrado en la declaración por incumplimiento de requisitos |
Importe pendiente de adicionar en períodos futuros |
||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2024 | 24.700 | - | - | 24.700 | ||||
| Ejercicio de generación |
Importe reserva a dotar |
Importe reserva dotada |
Importe reserva pendiente dotación |
Reserva dispuesta | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2024 | 24.700 | 24.700 | 0 | 0 | ||||
Reserva de capitalización (página 20 bis del modelo 200)
| Ejercicio de generación |
Derecho a reducir la BI generado en el período / pendiente de aplicar a inicio del período |
Reducción BI aplicada | Reducción BI pendiente de aplicar en períodos futuros |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2024 | 4.000 | 4.000 | 0 | |||
| Reserva de capitalización dotada en el ejercicio | 0 | |||||
• Declaración del Impuesto sobre Sociedades 2025
Reserva de nivelación (página 20 bis del modelo 200)
| Ejercicio de generación |
Importe minoración BI en el período / pendiente de adicionar a inicio del período |
Importe adicionado a base imponible en el período |
Importe BI integrado en la declaración por incumplimiento de requisitos |
Importe pendiente de adicionar en períodos futuros |
||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2024 | 24.700 | 20.000 | 0 | 4.700 | ||||
| Ejercicio de generación |
Importe reserva a dotar |
Importe reserva dotada |
Importe reserva pendiente dotación |
Reserva dispuesta | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2024 | 0 | 0 | 0 | 20.000 | ||||
Reserva de capitalización (página 20 bis del modelo 200)
| Ejercicio de generación |
Derecho a reducir la BI generado en el período / pendiente de aplicar a inicio del período |
Reducción BI aplicada | Reducción BI pendiente de aplicar en períodos futuros |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2025 | 6.800 | 0 | 6.800 |
|||
| Reserva de capitalización dotada en el ejercicio | 6.800 | |||||