Saltar al contenido principal
Orientaciones 2016 OEA

1.III.6.2. Mejora de las relaciones con la Administración aduanera y otras autoridades gubernamentales

La asociación establecida durante el proceso de autorización y la cooperación continua ayudará a un mejor entendimiento y a encontrar conjuntamente soluciones a medida ventajosas para ambas partes.

Los AEO deberán disponer de una persona de contacto designada en la autoridad aduanera a la que puedan dirigir sus preguntas. Es posible que esta persona no sea capaz de dar respuesta a todo tipo de preguntas, pero orientará a los AEO sobre la mejor manera de proceder y a quién más pueden dirigirse en caso necesario.

El estatuto de AEO es objeto de un reconocimiento creciente y cobra cada vez más importancia en numerosos ámbitos. En la actualidad existen varios certificados y autorizaciones en otros ámbitos cuyos requisitos de obtención son uno o varios de los criterios de consecución del estatuto de AEO, o consisten directamente en la posesión de este.

La parte 4, sección II, de estas Orientaciones incluye información detallada sobre el intercambio de información entre las autoridades aduaneras y otras autoridades gubernamentales.