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Orientaciones 2016 OEA

3.III.7.1. Preparación de un plan de auditoría

El responsable de planificar y efectuar la auditoría con el fin de obtener garantías razonables de que el operador económico cumple los criterios establecidos es el auditor. Los auditores deben determinar el plan de auditoría con arreglo a los riesgos identificados respecto del operador económico de que se trate.

El plan de auditoría será la orientación específica que se habrá de seguir al realizar la auditoría y deberá especificar los objetivos, el alcance y el método de auditoría.

El plan de auditoría deberá elaborarse con arreglo a los resultados de la evaluación de riesgos, y reflejará la información relativa a:

  • los riesgos de cada área, indicando los aspectos que han de comprobarse;
  • una matriz de análisis de riesgos;
  • los departamentos o unidades que se han de analizar;
  • los directivos y el resto de los miembros de la plantilla que se entrevistarán;
  • las pruebas específicas a las que se han de someter las operaciones y la seguridad, así como el modo de efectuarlas y el momento en el que se efectuarán.

La auditoría y los recursos a ella asignados deberán basarse en el principio de «a mayor riesgo, mayor grado de inspección».