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Manual práctico de Patrimonio 2022.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Normativa: Art. 2 Decreto-ley 16/2022, de 20 de diciembre, de medidas urgentes en el ámbito del Impuesto sobre el Patrimonio (DOGCV 22-12-2022)

Base liquidable hasta eurosCuota íntegra eurosResto base liquidable hasta eurosTipo aplicable Porcentaje
Escala aplicable en el ejercicio 2022 por los contribuyentes residentes en dicho ejercicio en esta Comunidad Autónoma
0,00 0,00 167.129,45 0,210
167.129,45 350,97 167.123,43 0,315
334.252,88 877,41 334.246,87 0,525
668.499,75 2.632,21 668.500,00 0,945
1.336.999,75 8.949,54 1.336.999,26 1,365
2.673.999,01 27.199,58 2.673.999,02 1,785
5.347.998,03 74.930,46 5.347.998,03 2,205
10.695.996,06 192.853,82 9.304.003,94 2,750
20.000.000,00 448.713,93 en adelante 3,480

Nota: esta tarifa es aplicable, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto-ley 16/2022, en los dos primeros ejercicios del Impuesto sobre el Patrimonio que se devenguen a partir de la entrada en vigor del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Y dicho Impuesto entró en vigor el 29 de diciembre de 2022, de acuerdo con la Ley 38/2022, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre) que lo crea.