Bonificaciones autonómicas
En el presente ejercicio, se han establecido las siguientes bonificaciones autonómicas de la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio, que podrán ser aplicadas por los sujetos pasivos residentes en sus respectivos territorios que cumplan las condiciones y requisitos, establecidos por las correspondientes normas autonómicas, que en cada caso se señalan a continuación.