Introducción
El Impuesto sobre el Patrimonio se estableció por la Ley 19/1991, de 6 de junio, y fue materialmente exigible hasta 1 de enero de 2008, fecha a partir de la cual la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria (BOE de 25 de diciembre), eliminó la obligación de contribuir por el mismo, mediante la fórmula de establecer una bonificación estatal del 100 por 100 sobre su cuota íntegra y de derogar las obligaciones formales relativas a la autoliquidación del impuesto, la presentación de la declaración y, en su caso, el pago de la deuda tributaria.
No obstante, los efectos de la crisis económica, llevaron a su recuperación, con carácter temporal a través del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre (BOE de 17 de septiembre) que contemplaba inicialmente su restablecimiento solo para los años 2011 y 2012.
A partir de su restablecimiento se fue prorrogando su aplicación para los sucesivos ejercicios hasta que la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE de 31 de diciembre) en su disposición derogatoria primera ha venido a establecer el mantenimiento con carácter indefinido del Impuesto sobre el Patrimonio. Para ello, se deroga con efectos 1 de enero de 2021 el apartado segundo del artículo único del Real Decreto-ley 13/2011.