Deducciones y bonificaciones autonómicas
Normativa: Art. 47 Ley 22/2009
De acuerdo con el artículo 47 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, en el Impuesto sobre el Patrimonio, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre deducciones y bonificaciones de la cuota.
Las deducciones y bonificaciones aprobadas por las Comunidades Autónomas resultarán, en todo caso, compatibles con las deducciones y bonificaciones establecidas en la normativa estatal reguladora del Impuesto sobre el Patrimonio y no podrán suponer una modificación de las mismas.
Estas deducciones y bonificaciones autonómicas se aplicarán con posterioridad a las reguladas por la normativa del Estado.
Para 2023 las deducciones y bonificaciones aprobadas por las Comunidades Autónomas son las siguientes: