Instrucciones
DECLARACIÓN CENSAL DE ALTA EN EL CENSO DE OBLIGADOS TRIBUTARIOS, CAMBIO DE DOMICILIO Y/O VARIACIÓN DE DATOS PERSONALES
MODELO 030
INSTRUCCIONES
Este documento consta de dos ejemplares, uno para el interesado y otro para la Administración. No deberá cumplimentar las casillas sombreadas.
Identifique todas las páginas en las que haya cumplimentado alguna casilla con el NIF y el nombre y apellidos del titular de la declaración.
Utilización del modelo 030 de declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales
Podrán utilizar el modelo 030 de declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, aquellos obligados que cumplan las siguientes condiciones:
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Ser persona física.
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No desarrollar actividades empresariales o profesionales y no satisfacer rendimientos sujetos a retención.
No obstante, de forma excepcional, las personas físicas que figuren en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores podrán utilizar el modelo 030, exclusivamente, para comunicar el cambio de estado civil, la modificación de datos identificativos, en tanto no se apruebe un nuevo modelo de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores que contemple la posibilidad de comunicar la citada información.
Obligados a declarar
Deben presentar el modelo 030 de declaración censal:
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Los obligados tributarios, personas físicas, que no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, para solicitar el alta en el censo de obligados tributarios.
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Las personas físicas españolas o extranjeras, que no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, para solicitar la asignación del Número de Identificación Fiscal (NIF), cuando vayan a realizar o participar en operaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria y no estén obligados a obtener el DNI o no dispongan de NIE.
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Las personas físicas que no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, para comunicar el cambio de domicilio fiscal (salvo que lo hayan hecho en la declaración de IRPF de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, R.D. 1065/2007), consignar un domicilio a efectos de notificaciones y, en su caso, la variación de este último.
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Las personas físicas, desarrollen o no actividades económicas, para modificar datos personales y solicitar una nueva tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
Forma y lugar de presentación
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En la Administración o, en su defecto, Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal en el momento de la presentación.
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La presentación en impreso del modelo 030 podrá realizarse mediante entrega directa en la oficina correspondiente o enviándolo por correo certificado.
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La presentación del modelo 030 podrá realizarse, potestativamente, en impreso o por vía telemática a través de Internet.
Antes de acudir a cualquier oficina de la Agencia Estatal de Administración Tributaria es recomendable pedir Cita a través de la sede electrónica, la App AEAT de la Agencia Tributaria o llamando al 91 290 13 40 o 901 200 351 (de lunes a viernes, de 9 a 19 horas, hasta las 15 horas en agosto).
Plazo de presentación
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Comunicación del cambio de domicilio fiscal por parte de las personas físicas que no formen parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: tres meses desde que se produzca el citado cambio, salvo que antes de que termine dicho plazo finalice el de presentación de la declaración de IRPF que el obligado tributario tuviera que presentar después del cambio de domicilio, en cuyo caso la comunicación deberá efectuarse en el correspondiente modelo de autoliquidación, salvo que se hubiese efectuado con anterioridad.
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Comunicación de otras causas: en cualquier momento a partir de la fecha en que se produzca la causa que motiva su presentación.
Cumplimentación del modelo
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La cumplimentación de la declaración correspondiente al modelo 030 se efectuará, con carácter general, de forma individual por cada obligado tributario.
No obstante, se puede utilizar un único modelo por ambos cónyuges en los siguientes supuestos:
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Cuando se comunique el cambio de domicilio fiscal o del domicilio a efectos de notificaciones y, los citados domicilios sean los mismos para los dos cónyuges.
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Cuando deseen comunicar simultáneamente una o varias de las siguientes circunstancias: la solicitud de alta en el Censo de Obligados Tributarios o del NIF o la modificación de los datos identificativos o la solicitud de una nueva tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal.
1. Causas de presentación
Son causas de presentación del modelo 030:
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Alta en el Censo de obligados tributarios (casillas 101, 102)
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Modificación/ cambio del domicilio fiscal (casillas 103, 104)
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Consignación/ modificación/ baja de domicilio notificaciones. (casillas 105, 106)
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Modificación de datos identificativos (casillas 107, 108)
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Solicitud de NIF por persona física que no dispongan de DNI/NIE (casillas 109, 110)
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Cambio/ modificación de estado civil (casillas 111, 112)
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Solicitud de nueva tarjeta acreditativa del NIF (casillas 115 y 116)
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Alta/modificación/baja de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la AEAT (casilla 117)
Siempre que se presente este modelo se deberá consignar la causa de presentación.
Se marcarán las casillas correspondientes al interesado y al cónyuge cuando ambos comuniquen el cambio del domicilio fiscal o del domicilio a efectos de notificaciones y los citados domicilios sean los mismos para ambos o cuando soliciten simultáneamente el alta, el NIF o la modificación de sus datos identificativos. En estos casos, el modelo deberá ser firmado por ambos cónyuges.
2. Datos identificativos del interesado
Deberá consignar los datos relativos a la persona física que figure como interesado:
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Residente fiscal en España. (casilla 201)
Valores de la casilla 201, en desplegable:
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S: Sí
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Sí, diplomático español en el extranjero o asimilado
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No residente fiscal en España (casilla 202)
Valores de la casilla 202, en desplagable:
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N: No Residente
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NR, diplomático extranjero en España o asimilado
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- Fecha desde que tiene efectos la condición de residente fiscal (casilla 217)
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NIF de otros países, CIF del Estado de residencia y Pasaporte, en su caso
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Nacionalidad
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Sexo
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NIF en España
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Apellidos y el nombre de dicha persona
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Fecha de nacimiento
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Lugar de nacimiento.
En la casilla 217 “Fecha de efecto residencia fiscal”: consignará la fecha desde la que tiene efectos la condición de residente fiscal señalado/a en la casilla 201/202. No será necesario que cumplimente esta casilla si no se ha producido un cambio en el indicador de residencia fiscal respecto de la información que previamente consta en el censo o cuando presente el modelo 030 para solicitar un NIF o para darse alta en el censo de obligados tributarios
La residencia fiscal se determina por años naturales completos. Por ejemplo, cuando el cambio de la residencia habitual se haya producido en el primer semestre del año, y no haya permanecido más de 183 días en España, la fecha de efectos del cambio de residencia fiscal a un tercer país será el uno de enero de ese mismo año 01/01/AAAA. Si ha permanecido más 183 días en España antes del cambio de residencia habitual a un tercer país la fecha de efectos del cambio a no residente en España sería el uno de enero de año siguiente 01/01/AAAA+1.
3. Datos identificativos del cónyuge
Si el mismo modelo es utilizado también por el cónyuge del interesado para comunicar alguna de las causas de presentación del modelo, deberá cumplimentar sus datos identificativos tal y como se indica en el apartado 2 anterior. Los valores de las casillas 301 y 302 serán los mismos que los señalados para las casillas 201 y 202 respectivamente.
4. Datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la AEAT.
Si desea recibir avisos de la AEAT a través de un teléfono o dirección electrónica deberá consignar los siguientes datos:
Teléfono:
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Prefijo país.
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Tfno. Móvil para avisos.
Dirección electrónica:
-
Correo electrónico para avisos.
Al consignar el número de teléfono y/o dirección de correo electrónico se autoriza su uso por la AEAT para realizar avisos informativos.
Para revocar esta autorización deberá identificar el teléfono o dirección de correo electrónico de acuerdo con los datos anteriores y cumplimentar la casilla de baja.
5. Consignación del domicilio fiscal
Se consignará, en todo caso, el domicilio fiscal del interesado, o del interesado y el cónyuge (debe coincidir) en el caso de que se presente un único modelo para ambos, con indicación de la referencia catastral del inmueble donde se encuentra situado.
La casilla 428 “Indicador Ref. Catastral" (junto a la casilla 430 de la "Referencia Catastral"), muestra los siguientes 4 valores en un desplegable:
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Inmueble situado en España, excepto en CA País Vasco o CF Navarra.
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Inmueble con referencia catastral situado en CA País Vasco.
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Inmueble con referencia catastral situado en CF Navarra.
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Inmueble sin referencia catastral asignada.
Es de cumplimentación obligatoria y:
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Si selecciona "1", deberá consignar obligatoriamente una referencia catastral válida en la casilla 430.
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Si selecciona "2" o "3", deberá consignar obligatoriamente una referencia catastral foral válida en el campo 430.
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Si selecciona "4", no será obligatorio consignar referencia catastral en la casilla 430.
6. Consignación de domicilio en el extranjero
Se consignará el domicilio en el extranjero si lo hubiera, señalando si se trata del domicilio fiscal o de otro tipo de domicilio.
El domicilio fiscal es único por lo que no podrá señalar como domicilio fiscal uno en España y también en el extranjero
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7. Consignación del domicilio a efectos de notificaciones en España
Se consignará, en su caso, el domicilio a efectos de notificaciones en España, si es distinto del domicilio fiscal.
Este apartado se rellenará si el interesado opta por consignar un lugar distinto del domicilio fiscal como preferente para recibir las notificaciones que la Agencia tributaria le pueda enviar en el curso de los distintos procedimientos, señalando, en su caso, el nombre del destinatario de las comunicaciones si es distinto del titular.
Si el domicilio señalado a efectos de notificaciones es un apartado de correos, la notificación se entenderá practicada por el transcurso de diez días naturales desde el depósito del envío en el apartado postal correspondiente.
Debe tenerse en cuenta que el subapartado 1) está reservado para consignar un domicilio normalizado para las notificaciones, y el subapartado 2) está reservado para el apartado de correos. Pero ambos son incompatibles. Se deberá elegir la comunicación de uno u otro, pero no ambos a la vez.
Para dar de baja un domicilio a efectos de notificaciones se identificará dicho domicilio y se marcará la casilla “Baja”.
8. Representante
Identificación del representante
Se cumplimentará el NIF del representante, apellidos y nombre o razón social y su condición de residente o no.
Causa de la representación
La causa de la representación podrá ser legal o voluntaria. Indicará la que proceda marcando la casilla correspondiente con una “X”.
Si la representación es por causa legal, deberá consignar la clave según la siguiente tabla:
Clave |
Descripción |
---|---|
01 |
Por incapacidad de obrar |
04 |
No residente que opera a través de establecimiento permanente |
05 |
No residente que realiza actividades en España sin establecimiento permanente |
07 |
No residente. Requerido por la Administración tributaria |
Tipo de representación
Marcará la clave que corresponda según la siguiente tabla:
Clave |
Descripción |
---|---|
08 |
Individual |
09 |
Mancomunada |
10 |
Solidaria |
Título de la representación
Marcará la clave que corresponda según la siguiente tabla:
Clave |
Descripción |
---|---|
11 |
Documento público |
12 |
Documento privado con firma legitimada notarialmente |
13 |
Documento privado sin firma legitimada notarialmente |
14 |
Comparecencia ante el órgano administrativo |
15 |
Documento normalizado aprobado por la Agencia Tributaria |
16 |
Otros |
9. Estado civil
Consignará el estado civil actual, y la fecha en que se ha adquirido dicho estado si la causa de presentación es el cambio de estado civil.
10. Fecha y firma de la declaración
La declaración censal deberá ser firmada por el interesado, o por los dos cónyuges, si se cumplimenta un único modelo en el que se comunican simultáneamente circunstancias que afectan a ambos o específicos del cónyuge, indicando el lugar, y la fecha.
En caso de existir representante nombrado, la declaración podrá ser firmada por éste.