Preguntas frecuentes Modelo 030
Saltar índice de la informaciónAlta en el Censo de Obligados Tributarios
Deberá ser firmada por el interesado, o por los dos cónyuges, si se cumplimenta un único modelo en el que se comunican simultáneamente circunstancias que afectan a ambos o específicos del cónyuge, indicando el lugar y la fecha.
En caso de existir representante nombrado, la declaración podrá ser firmada por éste.
El modelo 030 de declaración censal cuando vayan a realizar o participar en operaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.
Se presentará en el Registro Electrónico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El obligado tributario o, en su caso, el presentador, deberá acceder a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, al trámite de aportación de documentación complementaria del modelo 030.
Sí, cuando ambos comuniquen el cambio del domicilio fiscal o del domicilio a efectos de notificaciones y sean los mismos para ambos o cuando soliciten simultáneamente el alta, el NIF o la modificación de sus datos identificativos. En estos casos, el modelo deberá ser firmado por ambos cónyuges.
El modelo 030 de declaración censal.