Registro de grandes empresas
Si tienes un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros, este es tu censo.
¿Quién debe formar parte de este censo?
El Registro de grandes empresas estará formado por aquellos obligados tributarios cuyo volumen de operaciones supere la cifra de 6.010.121,04 euros durante el año natural inmediato anterior, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, incluso cuando desarrollen su actividad fuera del territorio de aplicación de este impuesto.
Este registro formará parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.