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Guía para la cesión de información tributaria por vías electrónicas a las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus competencias (PROTGEN)

3.3.1. Información disponible

  • Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias

    La finalidad de esta información es certificar si una persona o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias conforme a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (BOE de 5 de septiembre). Por otra parte, en cada tipo de certificado de estar al corriente se verifican otras circunstancias según la normativa específica reguladora del procedimiento administrativo para el cual se requiere la información.

    Según la finalidad a la que vaya destinada existen las siguientes variedades:

    • Para contratar con el Sector Público

    • Para obtener autorizaciones de transporte

    • Para obtener subvenciones públicas

    • Para obtener autorizaciones de trabajo/residencia por extranjeros

    • Genérico (finalidad distinta de las 4 anteriores)

    Se indicará así el carácter positivo o negativo del certificado. En los certificados negativos se indicará el motivo o motivos del incumplimiento.

    • Falta de presentación de una autoliquidación o declaración a la que el contribuyente estuviera obligado a presentar en los últimos doce meses precedentes a los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.Se indicará así el carácter positivo o negativo del certificado. En los certificados negativos se indicará el motivo o motivos del incumplimiento:

    • Mantenimiento de deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo con la Agencia Tributaria sin que éstas se encuentren aplazadas, fraccionadas o suspendidas.

    • Delito fiscal, tener pendientes de ingreso responsabilidades civiles derivadas de delito contra la Hacienda Pública declaradas por sentencia firme.

    • No estar dado de alta en el censo de empresarios, profesionales o retenedores, cuando se trate de personas o entidades obligados a estar en dicho censo y no estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuando se trate de sujetos pasivos no exentos del impuesto.

    • Otras causas.

  • Nivel de renta. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

    1. Certificado IRPF (Código AEATIR01)

      Este servicio web facilita un resumen de la declaración de IRPF presentada por el contribuyente (del ejercicio solicitado), con la inclusión de la mayoría de las casillas de la declaración con relevancia para determinar su nivel de renta. Desde el ejercicio 2020 se facilitarán todas las casillas declaradas.

      Cuando un contribuyente opta por presentar su declaración conjuntamente junto al resto de miembros de su unidad familiar se facilitan las rentas de todos ellos, diferenciando, en la medida de lo posible, los rendimientos que corresponden a cada miembro de la unidad familiar. Desde el ejercicio 2020 las rentas se facilitarán individualizadas por cada miembro de la unidad familiar.

      Cuando existan discrepancias entre los datos declarados y los datos comprobados por la Administración, se certificarán éstos.

      Cuando se solicite un certificado de IRPF de un contribuyente que no ha presentado declaración y no está obligado a presentarla, se certifican determinadas imputaciones de renta que obran en poder de la Administración Tributaria.

      Si el contribuyente no ha presentado declaración del IRPF, y según los datos fiscales de los que se dispone de forma automatizada, está obligado a presentarla, no se facilitan datos, ni siquiera datos de imputaciones.

      Se pueden solicitar los 5 últimos ejercicios.

      Este suministro de información está previsto únicamente respecto a personas físicas.

    2. Nivel de renta, bases y mínimo personal y familiar (Código NIVRENTI)

      Este servicio web, si el contribuyente presenta declaración de IRPF, facilita un sumatorio que refleja su nivel de renta, así como las partidas de la declaración del ejercicio solicitado relativas a bases y mínimos, personal y familiar.

      Cuando un contribuyente opta por presentar su declaración conjuntamente junto al resto de miembros de su unidad familiar se facilitan las rentas de todos ellos.

      Cuando existan discrepancias entre los datos declarados y los datos comprobados por la Administración, se certificarán éstos.

      Si el contribuyente no ha presentado declaración y no está obligado a presentarla, se facilitan determinadas imputaciones de renta que obran en poder de la Administración Tributaria.

      Si el contribuyente no ha presentado declaración del IRPF, y según los datos fiscales de los que se dispone de forma automatizada, está obligado a presentarla, no se facilitan datos, ni siquiera datos de imputaciones.

      Se pueden solicitar los 5 últimos ejercicios.

      Este suministro de información está previsto únicamente respecto a personas físicas.

  • Nivel de renta. Pensiones públicas exentas (Código AEATPPE)

    Se facilitan los importes de pensiones públicas, tanto del régimen de la Seguridad Social como del régimen de Clases Pasivas, así como de otras prestaciones públicas que resultan exentas conforme a las letras f), g), h) e y) del artículo 7 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el objeto de completar los datos que sirven de indicador de la renta de una persona, ya que las rentas exentas no aparecen declaradas por el propio contribuyente en su declaración del IRPF. Se pueden solicitar los 5 últimos ejercicios.Este suministro de información está previsto únicamente respecto a personas físicas.

  • Impuesto sobre Actividades Económicas (Código IAE10)

    Facilita la relación de las actividades económicas, hasta un máximo de diez, incluyendo las actividades exentas y no sujetas al Impuesto, desarrolladas por un contribuyente hasta el ejercicio actual. Entre estas actividades se facilitan, en su caso, aquellas en las que el contribuyente hubiera causado baja en dicho ejercicio. Las actividades se muestran ordenadas por epígrafe. Todo ello de acuerdo con la información del Censo de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  • Certificado del domicilio fiscal (Código DOMFISC)

    Suministra los datos sobre el domicilio fiscal del contribuyente solicitado.

  • Validación de NIF (Código VALNIF)

    Si el NIF está identificado devuelve ese mismo NIF junto con el nombre y los apellidos o la razón social correctos.

Los esquemas de entrada y salida y las especificaciones relativas a cada tipo de información pueden consultarse en el siguiente enlace de la página web de la Agencia Tributaria: Índice de servicios web para suministros de informaciónNueva ventana.