Acta de la reunión


ACTA DE LA REUNIÓN DEL PLENO DEL FORO DE ASOCIACIONES Y COLEGIOS DE PROFESIONALES TRIBUTARIOS
CELEBRADA EL 2 DE JULIO DE 2025
Presidenta del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
D.ª Soledad Fernández Doctor
Miembros en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Directora del Departamento de Gestión Tributaria
D.ª Rosa María Prieto del Rey
Directora del Departamento de Recaudación
D.ª Virginia Muñoz Fernández
Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Manuel Trillo Álvarez
Subdirector General de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales
D. Luis Ignacio Jiménez Parte
Director del Servicio Jurídico
D. Diego Loma-Osorio Lerena
Director del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
D. Ignacio Fraisero Aranguren
Delegado Especial de la Delegación Especial de Cataluña
D. Isidoro García Millán
Director del Departamento de Informática Tributaria
D. José Borja Tomé
Miembros en representación de las Asociaciones y Colegios
Asociación Española de Asesores Fiscales
Director del Gabinete de Estudios e Investigación
D. Arturo Javier Jiménez Contento
Vocal de estudios, investigación y relaciones institucionales
D. Juan Manuel Herrero de Egaña Espinosa de los Monteros
Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España
Secretario de la Junta Directiva
D. José Antonio Fernández García-Moreno
Consejo General de la Abogacía Española
D. Rafael Gil March, Abogado
Consejo General De Colegios De Gestores Administrativos De España
Responsable del Área Fiscal del Consejo General
D.ª Pilar Otero Moar
Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España
Vocal de la Comisión de Asuntos Fiscales
D. José Castaño Semitiel
Vocal de la Comisión de Asuntos Fiscales
D. José Luis Perea Prieto
Registro de Economistas Asesores Fiscales (reaf)
D. Agustín Fernández, Presidente REAF-CG
D. Rubén Gimeno Frechel, Secretario Técnico de REAF-CGE
Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales
Presidente
D. Joan Torres Torres
Vicepresidente segundo
D. Adolfo Jiménez Ramírez
Gabinete de Gestores Administrativos y Asesores Fiscales
Coordinador GESAF
D. Carlos de Nicolás Ortells
Secretaría Técnica del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
Subdirectora General de Comunicación Externa del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
D.ª Mª Dolores Carreño Beltrán
El día 27 de noviembre de 2024 se celebra la vigesimosexta reunión plenaria del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, asistiendo las personas reseñadas y de acuerdo con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
-
Apertura de la sesión.
-
Aprobación del acta de la sesión celebrada el 27 de noviembre de 2024.
-
Información sobre los temas tratados en los grupos de trabajo.
-
Medios de pago ofrecidos a través de la ADI a los no residentes.
-
Nueva Herramienta de Censos Web.
-
Actualización de las nuevas declaraciones informativas financieras.
-
Estado de situación normativa del proyecto de Factura electrónica.
-
Situación de las propuestas pendientes.
-
Próxima convocatoria.
-
Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
-
Apertura de la sesión.
Abre la sesión Dª Soledad Fernández Doctor, Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Presidenta del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, la cual saluda a las personas asistentes y agradece su presencia.
A continuación, la Directora enumera los distintos temas del orden del día, dando paso al primero de ellos.
- Aprobación del acta de la sesión celebrada el 27 de noviembre de 2024
D.ª Soledad Fernández Doctor cede la palabra a Dª Mª Dolores Carreño Beltrán, Subdirectora General de Comunicación Externa del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales y Secretaria Técnica de este Foro, quien manifiesta que el acta de la vigesimosexta sesión del pleno fue remitida a las asociaciones y colegios con anterioridad a esta reunión.
La Subdirectora informa que se ha recibido una observación del Colegio General de la Abogacía relacionada con el cargo. Habiéndose procedido a su modificación y no existiendo más observaciones, queda aprobada el acta de la reunión previa.
- Información sobre los temas tratados en los grupos de trabajo.
A continuación, la Directora de la Agencia Tributaria cede la palabra a la Directora del Departamento de Gestión Tributaria la cual expone que en el grupo de trabajo se comentaron las novedades normativas, entre las que se encontraban, entre otras, el aumento del umbral del mínimo de declaración por rendimientos de trabajo que pasaba de 15.000 euros a 15.876 euros o el aumento de la reducción del artículo 20 por obtención de rendimientos de trabajo.
Asimismo, se regulan las exenciones de las cantidades pagadas por los empleadores por los daños causados por la DANA, hasta el importe del certificado de la aseguradora, tributando el exceso como rendimiento del trabajo y, por otro lado, se modifican los porcentajes de reducción de los rendimientos de capital inmobiliario.
En cuanto a las actividades económicas, se mencionó que las ayudas que el empleador había pagado por la DANA a sus empleados serán consideradas gastos fiscalmente deducibles, considerándose lo abonado a los familiares como una donación.
En cuanto a la estimación directa simplificada, se recordó que se volvía a aplicar el porcentaje de reducción de gastos de difícil justificación del 5%, que se mantenía la libertad de amortización en inversiones que utilizan energías renovables, estableciéndose una nueva libertad de amortización en el caso de adquisición de determinados vehículos e infraestructuras de recarga.
En cuanto a la modalidad de estimación objetiva, además de la libertad de amortización en vehículos, se fija un nuevo plazo para la renuncia al régimen para los contribuyentes afectados por la DANA, y se prorrogan los límites cuantitativos que delimitan la obligación de aplicación del régimen.
En lo referente a los regímenes especiales, se trataron dos aspectos: por un lado, se recordó que se había actualizado la lista de jurisdicciones no cooperativas para las imputaciones a socios de instituciones de inversión colectiva y, por otro lado, para las imputaciones de rentas inmobiliarias, se comentó que se mantenía el porcentaje de imputación del 1,1% en caso de revisión del valor catastral a partir del año 2012.
En cuanto a la base liquidable, los contribuyentes afectados por la DANA podrán disponer anticipadamente de los derechos consolidados por aportaciones a sistemas de previsión social; se amplia de 150 a 250 euros la base de deducción por donativos, así como el plazo para la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas; y se mantiene la deducción por adquisición de determinados vehículos eléctricos y puntos de recarga.
Se establece también, mediante orden ministerial, la autoliquidación rectificativa como único sistema para corregir autoliquidaciones de IRPF, con independencia del resultado, salvo que se trate de una rectificación por vulneración de una norma de rango superior en cuyo caso podrá también optarse por presentar una solicitud de rectificación.
Por otro lado, como consecuencia de la prórroga de los presupuestos generales del Estado, se mantienen las magnitudes como el IPREM, 8.400 euros, el interés legal, el 3,25% y el interés de demora, el 4,0625%.
En lo que respecta a la tramitación para solicitar las devoluciones de mutualistas para los periodos 2019 a 2022 y anteriores no prescritos, se recordó que estaba pendiente una modificación normativa, se habilitó un formulario para solicitar conjuntamente todos los ejercicios y se publicaron en la Sede electrónica las preguntas frecuentes.
En la segunda parte de la reunión, se trató la situación de los modelos 200 y 220, la situación de las declaraciones informativas financieras y de los modelos de franquicias y exenciones en régimen diplomático, y la tramitación de la nueva orden ministerial del modelo de creación informativa de guarderías.
Acto seguido, la Directora del Departamento de Recaudación resumió lo tratado por su Departamento en el seno de aquel grupo, en el que se informó de las mejoras existentes en materia de pagos, como la posibilidad de pago a través de cualquier tarjeta y a través de Bizum.
Dª Virginia Muñoz comenta que en el grupo de trabajo también se expuso una externalidad positiva de esta mejora, consistente en la posibilidad de financiación por las entidades bancarias que supone respecto de deudas que no son susceptibles de aplazamiento o fraccionamiento.
También se comentaron en el grupo de trabajo, las modificaciones en los plazos de domiciliación, siendo el plazo el menor entre 3 días hábiles o 5 días naturales.
- Medios de pago ofrecidos a través de la ADI a los no residentes.
Dª Virginia Muñoz continua con el siguiente punto del orden del día para informar de la existencia de un servicio que presta la ADI de Granada, en materia asistencial internacional, que permite a los no residentes solucionar incidencias tanto sobre la liquidación como sobre su recaudación.
El servicio, que se prestará de 9 a 19 horas, se realizará telefónicamente y a través de un chat, prestándose no solo en castellano sino también en otros idiomas.
Dª Rosa Prieto añade que se trata de un trabajo compartido por las dos áreas, gestión y recaudación, lo que permite ofrecer una asistencia integral. La Directora del Departamento de Gestión considera que este servicio aporta un gran valor al contribuyente ya que éste puede, cuando este solventando algún tema de gestión, plantear una duda en materia de recaudación y ser inmediatamente atendido por los órganos de Recaudación.
- Nueva Herramienta de Censos Web.
Dª Rosa Prieto continúa desarrollando el siguiente punto del orden del día con el fin de dar a conocer la nueva herramienta de Censos Web, que es un proyecto que existía desde hace tiempo en el Plan Estratégico de la Agencia.
El modelo 036 es un modelo que todos deben cumplimentar al iniciar una actividad, si bien, su complejidad hace que sea necesaria una herramienta de asistencia, la cual va a permitir tanto ayudar a su cumplimentación como a su presentación.
Dos son los objetivos fundamentales del servicio: por un lado, reducir la carga tributaria indirecta, asistiendo a los profesionales en el cumplimiento de sus obligaciones con una mayor simplificación y reducción de errores, así como mejorar la calidad de la información con la consiguiente reducción de requerimientos y costes indirectos. Por otro lado, el servicio se alinea con los compromisos que tiene España con la OCDE para facilitar el cumplimiento de las obligaciones a los emprendedores.
El servicio existe en la Sede electrónica y se nutre de la base de datos de la Agencia, permitiendo la cumplimentación y la presentación del modelo 036 de una manera guiada y más sencilla, de un modo similar a renta web o sociedad web y con el objetivo de reducir los errores existentes.
El servicio inicialmente está dirigido solamente a personas físicas que fundamentalmente no estén dadas de alta en el censo, siempre que residan en España y tengan actividad en la Península o en Baleares, quedando excluida por el momento Canarias.
En un primer momento, no se incluirían aquellos minoristas que vendan los productos fuera de España, ni tampoco aquellos que tengan explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales cuando tengan una actividad accesoria que requiera alta en el IAE.
El servicio permitiría el alta inicial en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, la baja en el censo y la modificación de los datos del domicilio para aquellos que ya se encuentren de alta.
Dª Rosa Prieto adelanta que la intención es ir ampliando las funcionalidades del servicio para que pueda utilizarse también para personas jurídicas y para otros supuestos de modificación.
El servicio requiere autenticación y permite la utilización de la representación, pudiéndose hacer mediante apoderamiento, para lo cual se ha habilitado un link que se puede enviar al poderdante para que pueda apoderar al representante para la tramitación y la presentación del 036.
A juicio de Dª Rosa Prieto el procedimiento es relativamente sencillo. En primer lugar, se tienen que seleccionar las actividades que se van a desarrollar, permitiendo la herramienta enlazar directamente con el buscador de actividades. Una vez seleccionada la actividad, la información que aparece se vuelca directamente, sin necesidad de copiarla, formulándose a continuación determinadas preguntas que permiten indicar los regímenes de tributación aplicables y las obligaciones asociadas.
Asimismo, se permite dar de alta en registros, como pueden ser el de comercio electrónico comunitario o el ROI, validar la declaración para detectar errores que puedan existir y también obtener la vista previa.
D. Adolfo Jiménez pregunta si el servicio de asistencia lo pueden utilizar las comunidades de bienes y las sociedades civiles, contestando la Directora del Departamento de Gestión que por el momento todavía no están incluidos. A continuación, el mismo representante pregunta si cuando se previsualiza el documento y se observa algún error, se tiene que volver a empezar de nuevo, respondiendo el Director del Departamento de Informática que no es necesario, ya que el servicio te permite volver al formulario para hacer los cambios que correspondan.
D. José Luis Perea pregunta si se va a sancionar cuando se presente el modelo con incidencias y se haya utilizado este servicio, respondiendo Dª Rosa Prieto que el servicio es una herramienta de asistencia, pero que su uso no implica ausencia automática de sanción, valorándose la existencia de culpabilidad del mismo modo que en el resto de obligaciones.
D. José Castaño considera que dicha herramienta es un avance y que reviste gran utilidad, pero lamenta que se deje al colaborador social fuera. No obstante, la Directora explica que se necesita apoderamiento por la importancia y la sensibilidad de los datos, ya que se trata de datos personales.
- Actualización de las nuevas declaraciones informativas financieras.
La Directora del Departamento de Gestión continua con la exposición del siguiente punto referente a las nuevas declaraciones informativas, cuyas novedades tienen por finalidad que todas aquellas entidades que prestan los mismos servicios tengan las mismas obligaciones, así como ampliar el ámbito objetivo para determinados productos o servicios nuevos.
Por ello, se modificó el artículo 37 del Reglamento General de Aplicación de los Tributos, relativo a la obligación de informar sobre cuentas de entidades financieras, y se ha aprobado un nuevo modelo 196, con un formato más moderno que ha integrado también el modelo de cuentas de no residentes, el 291. Se ha modificado el ámbito subjetivo para incluir como obligados a declarar a las entidades de dinero electrónico, así como a las sucursales de entidades financieras radicadas en España y las que radican en el extranjero que operan en España en régimen de libre prestación de servicios (en este último caso solo por las cuentas de residentes y establecimientos permanente de no residentes).
La novedad fundamental es que se debe suministrar también información relativa a los titulares reales y a todo tipo de cuentas. En cuanto a la frecuencia, la presentación será mensual cuando se trate de datos no económicos, ya que los datos económicos se presentarán en el mes de diciembre.
La segunda informativa que se modifica es la del artículo 38 bis, que es la relativa a la obligación de informar acerca del cobro efectuado mediante cualquier tipo de tarjeta, a la que se incorpora también el Bizum empresarial. El ámbito subjetivo en esta declaración informativa se amplía en la misma línea que la anterior, pasando a tener carácter mensual también el modelo 170.
Así mismo, se amplía el ámbito subjetivo de la informativa recogida en el modelo 171 referida a la obligación de informar acerca de préstamos, créditos y movimientos de efectivos.
Finalmente se aprueba un nuevo artículo 38 ter del reglamento, que crea una nueva obligación de informar en el modelo 174 acerca de operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas. Si bien esta informativa no existía, sí que se captaba la información por la ONIF. No obstante, dado que esta información se captaba de manera masiva y constante en el tiempo, es aconsejable que se establezca una obligación de información de carácter general por suministro. La obligación tiene carácter anual y se refiere a los pagos con todo tipo de tarjetas, excluyéndose los importes anuales inferiores a 25.000 euros.
- Estado de situación normativa del proyecto de Factura electrónica.
La Directora del Departamento de Gestión informa a continuación del estado de la normativa sobre facturación electrónica, revistiendo especial importancia tres cuestiones.
En primer lugar, se cambia la sintaxis de la solución pública, homogeneizándose con la reconocida y comúnmente aplicada a nivel europeo y en concordancia con el sistema de sintaxis del nuevo proyecto ViDA.
En segundo lugar, se modifica el contenido de la copia fiel que se tiene que enviar a las plataformas y, por último, se han recibido numerosas observaciones sobre el plazo que regula el artículo 15 del real decreto, en relación con el cálculo del plazo para el pago de las facturas, por lo que, se prevé que el Ministerio de Economía realice alguna modificación que remita a la propia ley de morosidad privada (Ley 3/2004).
Finalmente, se informó que cuando se apruebe la orden ministerial, existirán dos plazos para la entrada en vigor, en función de si el volumen de operaciones supera o no los 8.000.000 de euros.
-
Situación de las propuestas pendientes.
D. Ignacio Fraisero comenta las principales novedades respecto de las propuestas ya incorporadas al listado y comienza con la nº 5, anunciando que el 10 de marzo se publicó la orden con los plazos de domiciliación.
En lo referente a la propuesta nº 7, se han simplificado los documentos relativos a los procedimientos sancionadores en el IRPF y se encuentra pendiente para el año que viene la simplificación de los documentos asociados a los procedimientos de comprobación del IVA y del IS.
Respecto de la propuesta nº 36, el acceso a las deudas que se han satisfecho en cada pago, el Departamento de Recaudación ha trasladado que las consultas de los ingresos deben limitarse a ingresos que ya se encuentran efectivamente aplicados porque se haya recibido la transferencia de las entidades colaboradoras y a los ingresos en vuelo (aquellos ingresos de los que todavía no se ha recibido la transferencia de las entidades colaboradoras) cuyo NRC no sea anulable.
Además, si se trata de liquidaciones, el NRC debe estar en un estado consolidado, mientras que, en el caso de las autoliquidaciones, si el ingreso se ha realizado a través de las entidades colaboradoras, solo podría darse esa información cuando en el NRC esté en estado consumido. No obstante, si el pago se realiza a través de la pasarela de pagos de la Agencia, siempre que se trate de autoliquidaciones ingresadas mediante tarjeta o bizum, el NRC tiene que estar en estado consolidado.
El Director del Departamento de Informática aclara que solamente se puede informar de aquellos pagos que son firmes, no pudiendo informarse de aquellas situaciones que podrían no materializarse.
Dª Virginia Muñoz señala que con las liquidaciones no va a pasar nunca, porque una vez que se paga una liquidación no es anulable y no se puede retroceder, pero con autoliquidaciones, dependiendo del tipo de pago, en algunos casos se puede retroceder. A título de ejemplo, si se hace un pago de una autoliquidación y acto seguido se pide un certificado de estar al corriente, se da por válido el pago, se consuma y ya no va a poder ser retrocedido.
En lo concerniente a la propuesta nº 37, ampliar el sistema de presentación de una autoliquidación con generación de documento para pagar en el banco, como ocurre en el IVA al resto de autoliquidaciones, la Directora del Departamento de Recaudación pregunta a los representantes para conocer mejor la problemática y la necesidad de estos.
D. José Castaño indica que no lo ha probado, pero que con reconocimiento de deuda no sale la carta de pago en el momento, indicando Dª Virginia Muñoz que sí se genera la carta de pago, que se pruebe, por lo que entiende que la solución ya estaría implementada.
La propuesta nº 38, consistente en proceder a notificar también en papel las notificaciones electrónicas a las personas físicas, se valora negativamente, ya que la nueva notificación en papel no tiene ningún tipo de efecto jurídico y además, en el Consejo de Defensa del Contribuyente, se plantea el caso contrario: aquellos contribuyentes que se dan de alta en notificaciones electrónicas, personas físicas y que reciben una notificación en papel, plantean quejas porque han optado por el sistema de notificación electrónica.
En materia de la revisión de la colaboración social, va a ser necesaria la tramitación de una orden ministerial, anunciando el Director que en cuanto se tenga el borrador se consultará con los profesionales.
La propuesta número nº 40 hace referencia a la gestión de la revocación de apoderamientos, ya que actualmente resulta necesario para dar de baja el apoderamiento aportar un documento expreso de notificación del desistimiento al cliente. Pues bien, se ha trasladado al grupo de trabajo de representación para el estudio de la posibilidad de una declaración responsable, si bien caso de modificarse, habrá que incorporarlo en la resolución vigente de apoderamientos.
Asimismo, se han incorporado dos nuevas propuestas de FETTAF, consistiendo la primera en que el colaborador social jubilado pueda acceder a la información de la actividad de los últimos 4 años, aunque su certificado digital deje de ser válido. Por otro lado, el representante de FETTAF ha propuesto la conveniencia de crear un grupo de trabajo para trasladar propuestas que requieran modificaciones normativas.
El Director del SEPRI concluye la exposición de las novedades y abre turno de preguntas, alertando el representante de REAF que la declaración responsable podría ser perjudicial, ya que podría existir una posible responsabilidad futura derivada de que el cliente alegue que no hay comunicación fehaciente.
La Directora de la Agencia matiza que se trata de una cuestión que va ser objeto de estudio y que, si los riesgos para los profesionales son superiores a las ventajas, en ningún caso se aprobará la propuesta.
D. Joan Torres manifiesta que sería interesante conocer las fechas en que se pidieron las propuestas y cuando se logran estas o cuando resultan no viables. A continuación, se refiere al lenguaje de los requerimientos y considera que en ocasiones resulta ofensivo, respondiendo el Director del Departamento de Inspección que en todo caso se pueden mejorar los términos utilizados en las cartas, pero que el único fin de estas cartas es advertir que se aprecian unas diferencias.
En tercer lugar, el representante de FETTAF hace alusión al convenio de encomienda con los gestores administrativos para la matriculación de vehículos, ya que muchos clientes preguntan la razón de esa exclusividad, contestándole el Director del SEPRI que se estudiará y se les trasladará el motivo.
D. Arturo Jiménez manifiesta que en el listado no consta una petición relacionada con las notificaciones. Si bien en el listado aparece declarar el mes de agosto inhábil, el representante considera que debe añadirse reducir las notificaciones y requerimientos durante el mes de agosto a los mínimos imprescindibles, alegando que se trata de peticiones diferentes. D. Ignacio Fraisero indica que se añadirá al listado como otra propuesta independiente.
D. José Castaño sugiere que la redacción de la propuesta nº 5, relativa a hacer coincidir los plazos de domiciliación, así como su estado que consta como “cumplida”, puede generar confusión, y sugiere que se modifique su redacción ya que lo que se ha cumplido es la reducción de la diferencia existente en los plazos, los cuales siguen sin coincidir.
Por otro lado, considera que la propuesta nº 38 no se refiere a notificar todos los actos en papel a las personas físicas, sino exclusivamente a personas físicas que en algún momento se han dado de alta porque eran empresas y dejan de serlo. El fin de la propuesta es que no reciban directamente un embargo sin haber tenido conocimiento del procedimiento anterior, y que se les traslade en papel la notificación como última oportunidad.
Dª Rosa Prieto señala que es complicado porque se dieron de alta voluntariamente y ello conlleva unas responsabilidades, pero recuerda que se hacen campañas con cartas para avisarles de que no recogen las notificaciones existentes.
El representante de FETTAF solicita una mayor explicación cuando no sean viables las medidas y, respecto de las que requieren modificación normativa, sugiere la creación de grupos de trabajo y una participación más activa de los profesionales los cuales pueden interactuar en mayor medida con el poder legislativo.
- Próxima convocatoria.
La Directora de la Agencia Tributaria pasa al siguiente punto del orden del día con el fin de fijar un plazo para la próxima convocatoria.
Se decide, como de costumbre, que la próxima convocatoria tendrá lugar dentro de seis meses, es decir en el mes de noviembre de 2025.
A continuación, Dª Soledad Fernández da paso al último punto del orden del día.
- Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
D. Ignacio Fraisero comenta una petición del Consejo General de Economistas ya que, debido a ciertos abusos, en la actualidad no se permite dar de baja a un delegado de un colaborador social si tiene notificaciones pendientes. La posibilidad se va a incorporar al listado y será objeto de análisis tal y como solicita el Consejo.
En segundo lugar, el mismo Consejo solicita que se reduzca la documentación que se solicita a los contribuyentes y que se pidan primero los registros obligatorios y, a posteriori, se pidan las justificaciones. La Directora de Gestión Tributaria reitera que se da una instrucción desde el departamento que con carácter general se cumple. No obstante, si existe algún caso, Dª Rosa Prieto solicita que se le envíe para su examen y conocimiento.
El Delegado de Cataluña se suma a la petición de la Directora ya que, si bien hace siete años sí que alguna oficina pidió todos los justificantes al inicio, no se han vuelto a recibir otras quejas de casos concretos.
El Colegio de Economistas también plantea la duplicidad de trabajo para cumplimentar el modelo 036 sobre la titularidad real, añadiendo la Directora de Gestión que la titularidad real se va a incorporar al modelo 200, y que en el 036 existe una casilla para marcar que la información de titulares reales no ha variado respecto a la información presentada con anterioridad.
D. Manuel Trillo explica que la titularidad real reviste especial importancia y es exigida por normas de la Unión Europea. Se tiene que hacer un análisis de conflicto de intereses en relación con cualquier disposición de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicho análisis se realiza con toda la información que se capta de titularidades reales de notarías, de registros, del 036 y del modelo 200, siendo el fin que la información de la titularidad sea lo más actualizada posible.
El representante de REAF insiste en que se reciben notificaciones los fines de semana, solicitando la Agencia que se trasladen los casos concretos y, que si no es la DEHú la responsable de la notificación, se analizará el caso.
El Director del Departamento de Informática insiste en que lo han reiterado en numerosas ocasiones e invita a los representantes a trasladarlo también directamente a la DEHú.
A continuación, también comentan que en el procedimiento inspector se otorga el trámite de 10 días para aportar la documentación y transcurren muchos meses sin que se sepa nada de ese procedimiento.
D. Manuel Trillo reconoce que puede existir, en algún caso, dicha demora, pero que se dan instrucciones para que se eviten largos lapsos de tiempo, siendo una práctica que se desea erradicar igualmente desde el Departamento.
Por otro lado, AEDAF solicita que se actualice el estado de la solución pública de VERI*FACTU, comentando el Director del Departamento de Informática que ya hay 134 empresas desarrolladoras que están remitiendo registros de facturación al servicio, siendo 1.373 los emisores de facturas que ya están remitiendo su información de facturación en este servicio. Han remitido unos 140.000 registros de facturación e incluso como estas facturas ya tienen incorporado el QR, ya se han cotejado 4.457 QRs correctamente
Por otra parte, la solución de facturación en la Sede de la Agencia todavía no está disponible, siendo la previsión que pueda estarlo en torno al 1 de octubre.
En cuanto a las características que tendrá el formulario, se admitirán los modos de autenticación que habitualmente se admiten y que son clave, certificado y DNI electrónico. El empresario o profesional tendrá que cumplimentar los datos del emisor, de los clientes, la numeración, las series de la factura, los tipos de factura y el detalle de los bienes y servicios. El sistema facilitará los cálculos y producirá una validación, una previsualización de un pdf que permitirá a continuación firmar y enviar la factura, generándose un justificante, y el pdf ya con el QR.
Además de lo que es la emisión de la factura, se facilita una gestión de estas facturas, con la posibilidad de consultarlas, encontrarlas, descargarlas, copiarlas y realizar acciones como puede ser su anulación o la emisión de una rectificativa.
Se trata de una solución básica no pensada para aquellos profesionales y empresarios que requieran una mayor integración con el resto de sus productos de gestión, una emisión masiva de facturas o cualquier otra funcionalidad adicional. En todo caso, se comunicarán los límites que sea necesario establecer para evitar abusos.
D. Arturo Jiménez considera que, aunque sea un sistema voluntario, los proveedores no van a tener la opción de no mandar VERI*FACTU, imponiéndose finalmente el sistema, añadiendo el Director que, efectivamente, casi ningún fabricante puede asegurar que su sistema sea realmente seguro por otro medio que no sea VERI*FACTU.
Por parte del Consejo General de Graduados Sociales, se hace referencia a las cartas del IRPF 2024, que invitan a presentar complementaria al existir diferencias, indicando que contiene poca información para localizar las diferencias. Dª Rosa Prieto indica que se está valorando el poder dar más información en la comunicación pero que en todo caso las cartas no forman parte de ningún procedimiento, son una herramienta de asistencia al contribuyente.
En segundo lugar, solicitan que se revise el límite de 8.000 euros para aplicar las deducciones de ascendientes, contestando Dª Rosa Prieto que se ha solicitado igualmente por parte de la Agencia.
En tercer lugar, plantean el problema de no poder domiciliar complementarias, señalando Dª Virginia Muñoz que se va a estudiar el problema.
Finalmente, se solicita aclaración de que cómo se va a proceder cuando se presente autoliquidación rectificativa de IRPF y la información no esté incluida en datos fiscales, indicando la Directora de Gestión que seguirá el mismo tratamiento y análisis de riesgo que cualquier otra autoliquidación.
Para concluir, D. José Castaño aboga por un acuerdo de desconexión digital en el conjunto de las Administraciones que se adapte a la jornada laboral, recordando la Directora de la Agencia que las jornadas difieren mucho y que la propuesta reviste de gran dificultad, ya que se avanza hacia la digitalización, pero que en todo caso se estudiará la sugerencia.
La Directora agradece la alta participación de este Pleno y, no existiendo más intervenciones, concluye la 26 ª sesión plenaria del Foro.
La Secretaria Técnica del Foro
D.ª M.ª Dolores Carreño Beltrán
La Presidenta del Foro
D.ª Soledad Fernández Doctor