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Novedades de IAE

Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de mayo

139280-UTES DE NUEVA CREACIÓN: EXENCIÓN CIFRA DE NEGOCIOS

En el supuesto de UTEs de nueva creación al carecer de Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) en el periodo impositivo que de acuerdo con la regla 2ª de la letra c) del apartado 1 del  artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1175/1990,de 28 de septiembre, debe tomarse de referencia, no se dispone de ese elemento tributario necesario para poder aplicar la exención, al carecer de INCN  y operar la prohibición de usar la analogía no cabe aplicar la exención prevista en la letra c) del apartado 1 del artículo 82 del TRLRHL a las UTEs de nueva creación en sus dos primeros ejercicios.

139913-TARIFAS. ARTÍCULOS REGALO SERIGRAFIADOS

Una entidad que va a realiza la actividad de venta de artículos de regalo serigrafiados, si los trabajos de impresión realizados predominan sobre el valor de los objetos impresos debido a la escasa entidad económica de éstos últimos, en este caso la tributación correspondiente en el IAE se limitaría a la actividad de impresión gráfica, epígrafe 474.1 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto “Impresión de textos o imágenes por cualquier procedimiento o sistema”. Si por el contrario, el valor de los artículos que se van a someter al proceso de impresión predomina sobre los trabajos de impresión gráfica de los mismos el sujeto pasivo lleva a cabo dos actividades distintas, cuales son, por un lado, la actividad de impresión gráfica, y por otro, la actividad de venta de los artículos impresos debiendo clasificarse por esta actividad provisionalmente, en el epígrafe 615.9 de la sección primera de las Tarifas “Comercio al por mayor de otros artículos de consumo duradero no especificados en los epígrafes anteriores”.

139918-TARIFAS. SERVICIOS DE CIRUGÍA OFTALMOLÓGICA SIN HOSPITALIZACIÓN

Una clínica privada que presta servicios de cirugía oftalmológica ambulatoria sin hospitalización estará obligada a figurar de alta en la matrícula del Impuesto en el epígrafe 942.1 de la sección primera de las Tarifas “Consultorios médicos, centros de socorro, sanitarios y clínicos de urgencia”.