Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de marzo
142175-TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN EN GENERAL O EN EXCLUSIVIDADEl Epígrafe 501.3 de la Sección 1ª, amparará solo la realización de trabajos de albañilería y otros trabajos relacionados con la construcción en general, si tales trabajos se realizan como una actividad complementaria o accesoria de la construcción que se esté realizando dentro de los límites establecidos en su Nota. Por el contrario, si la actividad constructiva se realiza, con carácter exclusivo, y no como complementaria de la obra que esté realizando, deberá clasificarse en la rúbrica correspondiente a la actividad que se desarrolla en exclusiva.