Tasa Fiscal sobre el Juego. Salas de Bingo
Encuentra toda la información relativa a la Tasa Fiscal del Juego de las Salas de Bingo, en aquellos supuestos que se encuentren situadas en Ceuta y Melilla
La tasa se devengará por la autorización, organización o celebración del juego de bingo, estando obligadas a su declaración e ingreso las personas o entidades a quienes se haya otorgado la correspondiente autorización administrativa.
Por tanto, estarán obligadas a la presentación del modelo 043 las salas de bingo autorizadas y establecidas en Ceuta y Melilla.
El Sujeto Pasivo será a quien se le haya otorgado la autorización administrativa o permiso de explotación. Así mismo, serán responsables solidarios de la tasa los dueños y empresarios de los locales donde se celebren.
La Base Imponible estará constituida por la cantidad que los jugadores dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios.
La cantidad destinada a premios es la siguiente:
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60% en Ceuta
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64% en Melilla
Por tanto, la Base Imponible se calculará multiplicando el valor facial del cartón por el número de cartones y a la cantidad resultante se le resta el porcentaje destinado a premios.
El tipo de gravamen es del 10% a aplicar sobre la Base Imponible.
Recuerda: Este tipo ha sido modificado por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que en su artículo 86 introduce la bonificación del 50% de los tipos de gravamen para Ceuta y Melilla modificando para ello el apartado 4 del artículo 3 del Real Decreto-Ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar.
Lugares y plazo de presentación
La autoliquidación de la tasa se realiza en el modelo 043, indicando el valor facial de los cartones, número de series y el número de cartones.
Ingresado el importe de la tasa, deberás presentar el ejemplar para la Administración en las Delegaciones de Ceuta y Melilla, para lo cual deberás solicitar Asistencia y Cita en el servicio 152:
Junto con el justificante de haber ingresado el importe del valor de confección de los cartones (documento expedido en la Sede del Ministerio de Hacienda-Modelo 069).
Una vez presentados el ingreso de la tasa y el valor de confección de los cartones, se entregarán los juegos de los cartones solicitados. Así mismo, también se facilitará la correspondiente guía, documento que es obligatorio conservar para justificar la tenencia de dichos cartones.