Tipos
Conoce las diferentes modalidades de compensación
Existen dos tipos fundamentales de compensación:
Si se tiene que realizar el pago de una deuda o presentar una autoliquidación a ingresar y, al mismo tiempo la Administración tiene que realizar algún pago al deudor, se puede solicitar que el importe del pago que la administración tiene que realizar se aplique a la deuda o autoliquidación a ingresar. Si el importe de la deuda o autoliquidación a ingresar es superior al importe del pago que la Administración tiene que realizar, se debe, además, ingresar la diferencia.
Si no se han pagado una o varias deudas dentro del período voluntario de pago, la Agencia Tributaria puede utilizar el importe de los pagos que tenga que hacer la Administración para cancelar, en todo o en parte, las deudas no ingresadas en periodo voluntario. Este tipo de compensación no necesita solicitud, es la Agencia Tributaria quien realiza la compensación de oficio y notifica el resultado, indicando el pago de la Administración que se compensa y las deudas a las que se aplica.