Subasta pública en la Dependencia de Aduanas e II.EE. de Murcia
Saltar índice de la informaciónSubasta pública en la Dependencia de Aduanas e II.EE. de Murcia-Noviembre
Esta Dependencia acuerda celebrar el día 23 de noviembrede 2022, a las 9:00horas, en la Dependencia Regional de Aduanas e II. EE. de Murcia, sita en CalleViolonchelista Miguel Ángel Clares, 7, C.P.: 30007 (Murcia), la venta en subasta pública de los bienes relacionados en el ANEXO I.
Las condiciones que regirán la celebración de esta subasta son las siguientes:
BASES
1. OBJETO DE LA SUBASTA
La presente subasta tiene por objeto la enajenación de los bienes contenidos en el ANEXO I.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
Es de aplicación a esta subasta la siguiente normativa:
- Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando.
- Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, que desarrolla el Título II de la LeyOrgánica 12/1995, de 12 de diciembre, sobre Represión del Contrabando,relativo a las infracciones administrativas de contrabando.
- Título VI, Capítulo I (artículos 419 a 423) de las Ordenanzas de Aduanas, aprobadas por Decreto de 17 de octubre de 1947, que regula el procedimiento para la realización de las subastas de aduanas.
- Artículo 320 de las Ordenanzasde Aduanas, que regula la aplicación del producto de la venta de los géneros subastados.
- Título III, Capítulo II (artículos 97 a 107) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
- Artículo 7 (limitaciones a los pagos en efectivo) de la Ley 7/2012, de 29 deoctubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
3. PERSONAS QUE PRETENDAN PRESENTAR UNA LICITACION.
3.1. Con excepción del personal adscrito al órgano que acordó la enajenación de los bienes, de las personas que hayan participado en la tasación, de las personas que desempeñen la función de depósito de los bienes objeto de la subasta y de las personas pertenecientes al funcionariado integrante de la AEAT directamente implicado en el procedimiento de enajenación, podrá tomar parte en la subasta, por si o por medio persona que ostente la representación, cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal. Deberá identificarse adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente. Las personas que hayan presentado licitaciones justificarán su personalidad mediante presentación de su DNI y acreditarán su capacidad legal para adquirir las mercancías subastadas, cuando éstas sean constitutivas de expedición comercial.
3.2. Toda persona que haya presentado una licitación, para ser admitida como tal, habrá de constituir previamente y a más tardar el día 16 de noviembre de 2022 un solo depósito de garantía del 5 por 100 del tipo de subasta del total de los bienes respecto de los que desee pujar. Este depósito se materializará aportando justificante del ingreso en la cuenta ES06 0128 9463 1101 0001 1743 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Bankinter , acompañado del ANEXO II (en el que se habrá de indicar, desglosado, la parte del depósito total que corresponde a cada lote por el que se desea pujar) cumplimentado de forma completa y correcta con todos los datos actuales (es decir, que si una persona desea pujar por más de un lote, habrá de sumar el tipo de subasta de los bienes sobre los que desee pujar y aplicarle un 5 por 100, siendo el resultado el importe del único depósito que debe realizar). El ANEXO II debe ser presentado a más tardar, el día 16 de noviembre de 2022,en el RGE dela AEAT de Murcia, dirigido a la Dependencia Regional de Aduanas e II.EE. de Murcia, sita en Calle Violonchelista Miguel Ángel Clares, 7, C.P.30007 (Murcia), o en cualquier otro registro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dirigido a la oficina D30600. El incumplimiento de los requisitos anteriores, o la no presentación del Anexo II en el registro tal y como se indica anteriormente o la constitución del depósito fuera de los plazos establecidos para ambos casos, determinará la pérdida del derecho a tomar parte en la subasta.
3.3. Las personas que hayan presentado debidamente las licitaciones, podrán presentar sus ofertas en sobre individual por cada lote y debidamente cerrado desde la fecha del anuncio de la subasta hasta las 13:00 horas del día anterior a la celebración de la subasta, en la forma y con los requisitos establecidos en el punto 5.2. Dichas ofertas, serán presentadas enel RGE de la AEAT de Murcia, dirigido a la Dependencia Regional de Aduanas e II.EE. de Murcia (oficinaD30600). Igualmente se podrán efectuar pujas para el caso de segunda licitación.
4. EXAMEN DE LOS LOTES
Los bienes se encuentran en las direcciones especificadas en el ANEXO I.
Podrán ser examinados por aquellas personas que estén interesadas en participar en la subasta durante los días 2, 3, 4 y 7, 8, 9, 10 y 11 noviembre de 2022, de 9.00 horas a 13.00 horas.
5. DESARROLLO DE LA SUBASTA
5.1. Mesa de subasta
La Mesa de subasta estará constituida por el Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e II. EE. de la AEAT en Murcia, o persona perteneciente al funcionariado de la AEAT en quien delegue, que ostentará la Presidencia de la Mesa; el Jefe de Gestión de Aduanas e II.EE. de la AEAT en Murcia, o persona perteneciente al funcionariado de la AEAT en quien delegue, en calidad de Vocal; y otra persona perteneciente al funcionariado de la AEAT del área de Aduanas e II.EE, que actuará como Secretario si es funcionario o Secretaria si es funcionaria. De voz pública actuará la persona perteneciente al funcionariado de la AEAT designado por el Presidente de la Mesa si es funcionario o Presidenta de la Mesa si es funcionaria.
5.2. Sistema de pujas
Las pujas, que serán únicas por cada persona y lote, se efectuarán por escrito y en sobre debidamente cerrado.En el exterior del sobre se indicará única y exclusivamente el número de lote por el que se puja y la indicación “PRIMERA LICITACIÓN” y en el interior la indicación de la postura, nombre y apellidos, NIF o CIF social y número de lote por el que se puja, cantidad en número y letra y firma de la persona interesada o de la persona que ostente su representación, debidamente acreditada. No se admitirán pujas que no cubran la tasación mínima de salida indicada para cada Lote en el Anexo I.
Igualmente se podrán efectuar pujas para el caso de segunda licitación. La forma de proceder y los requisitos serán los mismos que los indicados para la primera licitación, indicando en el exterior del sobre única y exclusivamente el número de lote por el que se puja y la indicación “SEGUNDA LICITACIÓN”.
Al terminar cada una de las pujas se anunciará públicamente la persona a la que se adjudica, que lo será por haber ofrecido la máxima cantidad. Enel caso de que coincidan en la mejor postura varias de las ofertas presentadas, se procederá de la siguiente forma a los efectos de licitar entre ellas el lote:
- Si todas las personas que han presentado licitaciones que coincidan en la puja se encuentran presentes en la sala, se procederá a otorgar tantas pujas como sean necesarias para adjudicar el lote a la persona que haya presentado la mejor postura de entre las personas que hayan presentado licitación y por importe superior a licitado inicialmente.
Las pujas serán verbales a la llana y se realizarán:
- Hasta600€…................................ de50en50€.
- De601a3.000€…........................ de 100 en 100€.
- De3.001a6.000€….................... de 200 en200 €.
- De6.001a10.000€….................. de 500 en500 €.
- De10.001€enadelante…............ de 1.000 en 1.000 €.
- Si todas las personas que han presentado licitaciones que coincidan en la puja no se encuentran presentes en la sala (pujas por correo), se les enviará una comunicación a los efectos de realizar una nueva puja por correo por importe superior al licitado inicialmente en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote a la persona que haya presentado la mejor postura.
- Si de entre las personas que han presentado licitaciones que coincidan en la puja, hubiere personas presentes y personas no presentes en la sala, a las personas presentes se les comunicará verbalmente en el mismo momento que dispondrán de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de la celebración de la subasta para presentar una nueva puja por importe superior al licitado inicialmente; y con las personas que hayan presentado licitaciones y no estuvieran presentes se procederá de la forma indicada en la letra b) anterior. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote a la persona que haya presentado la mejor postura.
En el caso de presentarse posturas en que exista discordancia entre el importe expresado en forma numérica y el expresado en letras, prevalecerá el importe expresado en letras.
En el precio de adjudicación de los bienes, estarán incluidos los derechos de importación en el territorio en que se encuentren los bienes y demás impuestos correspondientes, salvo el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte, debiéndose abonar su importe, en su caso, en el momento de la matriculación del vehículo. En todo caso deberá satisfacerse la modalidad de Transmisiones patrimoniales del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.
En el caso de incumplimiento de las anteriores condiciones se considerará la puja como NULA.
Se adjunta modelo de puja en el ANEXO III.
5.3. Segunda licitación
En caso de no ser enajenados la totalidad o parte de los bienes en primera licitación podrá acordarse, por la Mesa, la celebración inmediata de una segunda licitación,admitiendo pujas que cubran el 75 por ciento de la primera licitación. Para concurrir ala segunda licitación será necesario haber constituido depósito de garantía y presentación del ANEXO II, en los términos y condiciones establecidos en el punto 5.2 anterior, cuyo incumplimiento determinará la pérdida del derecho a tomar parte en la subasta.
Concluida la celebración de la subasta pública, cualquier persona podrá verificar en la Dependencia Regional de Aduanas e IIEE de Murcia el importe por el que se ha adjudicado cada lote en primera y segunda licitación.
5.4. Adjudicación directa
Los lotes que quedaran, en su caso, definitivamente desiertos NO se adjudicarán mediante procedimiento de adjudicación directa y serán objeto de enajenación en una siguiente subasta.
5.5. Pago del precio del remate
Las personas que resulten adjudicatarias deberán ingresar en la cuenta ES06 01289463 110100011743 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Bankinter, dentro del plazo de DIEZ DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la fecha de la celebración de a Subasta, la diferencia entre el depósito total constituido y el precio de adjudicación.
Las personas que resulten adjudicatarias que no procedan de este modo perderán el importe de su depósito, quedando sujetas a la obligación de resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago.
A las personas que resulten adjudicatarias, pero no estén presentes en la sala en el momento de la celebración de la subasta pública, se les notificará la adjudicación del lote correspondiente, concediéndole el plazo de DIEZ DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación, para proceder al pago del precio del remate.
El impago del precio de remate por la persona que resulte adjudicataria en los plazos establecidos, determinará la pérdida del derecho de adjudicación del lote y del importe del depósito constituido que corresponda a dicho lote. En todo caso, el lote en cuestión podrá ser objeto de enajenación en una próxima subasta.
5.6. Será por cuenta de la persona que resulte adjudicataria:
La totalidad de las cargas y gravámenes de cualquier clase, tipo o naturaleza (sean de un ente público o privado), que recaigan sobre las adjudicaciones objeto de subasta, o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que puedan resultar.
Los gastos relativos al troquelado del número de bastidor de los vehículos adjudicados,o btención de los facsímiles, ITV, fichas técnicas y fotografías necesarias, en su caso, para la expedición de la matrícula de los vehículos a motor; así como los derivados de la regularización de la alteración de las características originales de fabricación de los mismos.
5.7. Devolución de depósitos
A partir del día siguiente al de celebración de la subasta, se procederá a la devolución, por transferencia bancaria, los depósitos que se hubieren constituido, salvo los pertenecientes a las personas que resulten adjudicatarias, que se aplicarán al pago del precio de remate.
5.8. Retirada de los bienes adjudicados
Para retirar los lotes adjudicados, se deberán presentar todos o algunos de los documentos siguientes según los casos:
- Resguardo bancario de ingreso del desembolso pendiente en la cuenta ES060128 9463 1101 0001 1743 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Bankinter.
Acreditados los extremos anteriores, se expedirá certificado del acta de adjudicación en subasta de los bienes.
Las mercancías adjudicadas deberán ser retiradas de los lugares en que estén depositadas en el plazo de VEINTE DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la fecha de celebración de la Subasta, en horario de 09:00h. a 13:00h.
Transcurrido dicho plazo sin que las mercancías hayan sido retiradas, éstas quedarán abandonadas a favor de la Hacienda Pública, de acuerdo con lo establecido en la normativa en la materia, sin que dicho abandono conceda el derecho a la devolución del importe depositado para su adjudicación.
La retirada de los bienes adjudicados se realizará teniendo que aportar la persona que resulte adjudicataria, en su caso, los elementos necesarios para el transporte de los bienes adjudicados (ejemplo: grúa para retirada de vehículos,etc.).
5.9. Acreditación de la persona a la que se asigne la adjudicación
En el acto de adjudicación, la persona que resulte adjudicataria deberá acreditar su personalidad con la exhibición del documento nacional de identidad o pasaporte, así como su representación si actúa por cuenta de otras personas, siéndole exclusivamente expedido a su favor o de la tercera persona a quien representa el certificado de adjudicación del bien.
6. MEDIDAS COVID
Para la asistencia a la celebración de la subasta, es necesario la previa inscripción, mediante email a la dirección D.Aduana.Murcia@correo.aeat.es.
Se deberán seguir las instrucciones de acceso establecidas por la AEAT y se deberá respetar en todo momento la distancia mínima de seguridad y el uso de mascarilla si así estuviese establecido.
7. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
La participación en la subasta comporta la aceptación de las condiciones generales que rigen la misma, que han quedado expuestas en estas BASES, y de las demás condiciones que pudiera adoptar la Mesa durante la Subasta.