Obligaciones contables, registrales y de facturación
Te informamos sobre las obligaciones en IRPF y en IVA
Obligaciones contables y registrales en IRPF
Deberás llevar:
-
un libro registro de bienes de inversión (si te deduces las amortizaciones)
-
un libro registro de ventas e ingresos (cuando realices actividades cuyo rendimiento neto se determine teniendo en cuenta el volumen de operaciones)
Desde el 1 de enero de 2019 estos libros son obligatorios aunque voluntariamente lleves tu contabilidad ajustada al Código de Comercio.
Además de llevar los libros deberás conservar:
- las facturas emitidas numeradas por fechas y agrupadas por trimestres
- las facturas y justificantes de otro tipo recibidos
- los justificantes de los signos, índices o módulos aplicados