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Metodología

CLAVE B. Rendimientos del trabajo: Pensionistas y perceptores de haberes pasivos y demás prestaciones

Se identificarán con esta clave las percepciones no exentas del IRPF correspondientes a las pensiones y haberes pasivos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas, así como las que correspondan a las demás, sean dinerarias o en especie, a que hace referencia el artículo 17.2, letra a), de la Ley del Impuesto.

Se consignará, obligatoriamente, la subclave que en cada caso proceda de las indicadas en el campo SUBCLAVE.

  • SUBCLAVE 01: Se consignará esta subclave cuando se trate de percepciones consistentes en pensiones y haberes pasivos de los regímenes de la Seguridad Social y Clases Pasivas, con excepción de las que deban relacionarse bajo la subclave 02. También se consignarán en esta subclave las percepciones en concepto de incapacidad laboral abonadas directamente al trabajador por alguno de los regímenes públicos de la Seguridad Social o Clases Pasivas o, en su caso, por la respectiva Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. Si dichas prestaciones son directamente abonadas por el empleador (en virtud del respectivo acuerdo de colaboración con la Seguridad Social), se reflejarán en la clave A.
  • SUBCLAVE 02: Se consignará esta subclave en todas las percepciones de la clave B en las que el importe de las retenciones se haya determinado con arreglo al procedimiento especial previsto en el artículo 89.A del Reglamento del Impuesto.
  • SUBCLAVE 03: Se consignará esta subclave en todas las percepciones de la clave B distintas de las que deban relacionarse bajo las subclaves 01 y 02.