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Metodología

Definiciones

Asalariados

Se entiende por asalariados, el colectivo formado por las personas cuyas percepciones están declaradas en la clave A (empleados por cuenta ajena en general) y en la clave L27 (prestaciones de maternidad y paternidad).

La referencia anual para la definición de la población asalariada y la existencia de situaciones de pluriempleo, de trabajo a tiempo parcial y de relaciones laborales de duración inferior al año posibilita que un asalariado obtenga, a lo largo del año, percepciones salariales de dos o más empresas o entidades.

Llamando Ni al conjunto de entidades que han pagado percepciones salariales al asalariado i y Sij el salario anual íntegro (sin descontar retenciones) pagado por la entidad j al asalariado i, el salario anual total de dicho asalariado Si es:

Se utilizará también Ni como el número de percepciones salariales distintas que ha recibido el asalariado i. Siendo N el número total de entidades pagadoras.

Se considera A como el número de asalariados totales siendo la suma de los asalariados de las distintas entidades j.

donde Aj es el total de asalariados de la entidad j definido como

y fij, se define como la ponderación de cada retribución satisfecha y representa, pues, la importancia que las retribuciones anuales pagadas por la entidad j al asalariado i tienen sobre el total de las retribuciones anuales percibidas por el asalariado i, y Nj el número total de salarios pagados por la entidad j (donde Aj<=Nj). Por tanto, los asalariados con percepciones de varias entidades se contabilizan como asalariados de cada entidad en la proporción del salario satisfecho por esta entidad respecto al total percibido por el asalariado.

Así las variables de explotación salarios anuales totales, y salarios anuales pagados por una entidad en concreto, se definen de la siguiente manera:

  1. Salarios anuales Sj pagados por la entidad j se obtienen por suma de las percepciones salariales pagadas al conjunto Nj de personas que integran la relación de perceptores de salarios abonados por dicha entidad. Si Sij es el salario anual que recibe la persona i de la entidad j, los salarios anuales íntegros pagados por ésta entidad (sin descontar retenciones) son:

  1. Salarios anuales totales S, se definen como la suma de los salarios anuales recibidos por cada uno de los A asalariados, o bien como la suma del total de salarios anuales pagados por las N entidades:

Se define el salario medio anual para cualquier subconjunto de asalariados formado mediante el cruce de las variables de clasificación como la suma de los salarios anuales dividida por el número de asalariados de dicho subconjunto.

Desempleados

En este colectivo, sin embargo, no se produce el fenómeno de pluralidad, al ser únicas las prestaciones por desempleo y pagadas siempre por el mismo retenedor.

Pensionistas

También, en los Pensionistas se produce el fenómeno de pluralidad de percepciones, es decir, un pensionista puede percibir una o más pensiones de distintos tipos.

Análogamente a como se establece con el salario, se define la pensión anual de un pensionista como la suma de todas las pensiones recibidas.

De la misma forma, para cualquier subconjunto de pensionistas formado mediante el cruce de las variables de clasificación la pensión media anual se define como la suma de las pensiones anuales de dicho colectivo dividida por el número de pensionistas del subconjunto.