2.3 Otras operaciones
| RESULTADO DERIVADO DE LA ACTIVIDAD INTERIOR | RESACTIN |
|---|---|
| OTRAS OPERACIONES | ROO2 |
| COMPRAS EXTERIORES | RCEX |
| Adquisiciones intracomunitarias de bienes (cuotas autorepercutidas) | RAICT |
| Adquisiciones intracomunitarias de servicios (cuotas autorepercutidas) | NUMETAS |
| Inversión del sujeto pasivo por operaciones con establecidos en terceros países (cuotas autorepercutidas) | RISPM |
| Importaciones | IIA |
| Operaciones asimiladas a la importación | CUOTA |
| Modificaciones y rectificaciones de cuotas | MODIFTOT |
| RESULTADO DERIVADO DE LA PRODUCCIÓN | RESPROD2 |
Cuotas derivadas del total otras operaciones (ROO2)
Suma de las cuotas de otras operaciones procedentes de las Compras exteriores(RCEX) más las modificaciones y rectificaciones de cuotas (MODIFTOT).
Cuotas de otras operaciones procedentes de las compras exteriores (RCEX)
Se componen de:
- Cuotas autorepercutidas por adquisiciones intracomunitarias de bienes (RAICT). Incluye las partidas 22, 24, 26, 717, 719 y 76.
- Adquisiciones intracomunitarias de servicios (NUMETAS). Suma de las partidas 721, 546, 723, 548 y 552.
- Cuotas autorepercutidas por supuestos de inversión del sujeto pasivo (RISPM).
- Cuotas satisfechas por importaciones (IIA).
- Operaciones asimiladas a las importaciones de bienes (CUOTA).
RCEX= RAICT + NUMETAS + RISPM+ IIA + CUOTA.
Modificaciones y rectificaciones de cuotas (MODIFTOT)
Aumento o disminución de cuotas repercutidas o deducidas como consecuencia de modificaciones de la base imponible o rectificaciones de la cuota (par30+par32-par62).
Se calcula MODIFTOT = par30+par32-par62+par650-par652.
Regularización cuotas art.80.cinco.5º LIVA (partida 658)
Resultado derivado de la producción (RESPROD2)
Es el importe correspondiente a la suma del Resultado derivado de la actividad interior (RESACTIN) y de las cuotas derivadas de otras operaciones (ROO2).
RESPROD2 = RESACTIN – ROO2.
| RESULTADO DERIVADO DE LA PRODUCCIÓN | RESPROD2 |
|---|---|
| CONSUMO EXTERIOR: IVA no repercutido por ventas exteriores | RVEXT |
| RECAUDACIÓN DEL PERIODO | RESPER2 |
| Correspondiente a Territorio Foral | TAF+DEDUCTAF |
| Compensación pendiente de ejercicios anteriores | CPEA |
| RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN ANUAL | RES3 |
IVA no repercutido por ventas exteriores (RVEXT)
Es la estimación de cuotas potenciales asignadas a las ventas exteriores de resultar éstas operaciones sujetas y no exentas. La razón de minorarse aquí es ajustar la recaudación del período a su tratamiento real de ventas exentas con derecho a deducción.
Recaudación del período (RESPER2)
Diferencia entre la recaudación asignada al resultado derivado de la producción (RESPROD2) y el IVA correspondiente al consumo exterior (RVEXT).
RESPER2=RESPROD2-RVEXT
Recaudación correspondiente al Territorio Foral (TAF+DEDUCTAF)
Es el importe de la Recaudación del período que corresponde a los territorios forales en el caso de sujetos pasivos que tributan a varias administraciones.
Compensaciones pendientes de ejercicios anteriores (CPEA)
Recaudación del período destinada a saldar los saldos pendientes de compensación de ejercicios anteriores (par93 o par85).
| RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN ANUAL | RES3 |
|---|---|
| Ingreso | ING |
| Devolución mensual | DEVM |
| Devolución anual | DEVA |
| Compensaciones pendientes ejercicios posteriores | COMP |
| Ingreso en aduanas | IIA-PC659 |
| Ingreso por operaciones asimiladas a la importación | CUOTA |
| Resultados positivos de autoliquidaciones del ejercicio (Mod 322) | PAR525 |
| Resultados negativos de autoliquidaciones del ejercicio (Mod 322) | PAR526 |
Resultado de la liquidación anual (RES3)
De una parte, es el importe resultante de detraer de la Recaudación del período (RESPER2) las cantidades correspondientes a otras administraciones (TAF+deductaf) y las destinadas a cubrir los importes pendientes de compensación (CPEA).
De otra, es el resultado de las operaciones de liquidación efectuadas periódicamente: suma de ingresos (par95) menos devoluciones mensuales practicadas (par96 más par524), minorado en la devolución anual solicitada (par98) o en saldos pendientes de compensación a 31 de diciembre (par97), más ingresos en aduanas y los ingresos por operaciones asimiladas a la importación. Las entidades pertenecientes a los grupos de entidades de IVA, integran en este concepto los saldos de sus declaraciones-liquidaciones periódicas, acumulando de forma diferenciada los de importe positivo (par525) y negativo (par526).