Saltar al contenido principal
Calendario DANA 2024/2025

Hasta el 30 de enero

*Los contribuyentes afectados por la DANA que cumplan los requisitos exigidos podrán presentar las declaraciones cuyo vencimiento se encuentre entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024, hasta el 30 de enero de 2025. Este apartado recoge tanto las declaraciones que extienden su plazo (marcadas con un asterisco (*) e indicando la fecha de vencimiento ordinario), así como las específicas del 30 de enero de 2025.

Renta

  • Renuncia o revocación estimación directa simplificada para 2025 y sucesivos: 036/037* (31.12.24)

Pagos fraccionados Renta

  • Cuarto trimestre 2024:

    • Estimación directa: 130

    • Estimación objetiva: 131

Pagos fraccionados Sociedades y establecimientos permanentes de no residentes

  • Ejercicio en curso:

    • Régimen general: 202* (20.12.24)

    • Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222* (20.12.24)

Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente

  • Año 2023. Rentas imputadas de bienes inmuebles urbanos: 210* (31.12.24)

  • Rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles realizadas entre el 28 de junio y 31 de agosto de 2024: 210* (31.12.24)

  • Retención en la adquisición de inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente, para transmisiones de inmuebles realizadas entre el 28 de septiembre y el 30 de noviembre de 2024: 211* (31.12.24)

IVA

  • Septiembre* (30.10.24), octubre* (02.12.24), noviembre* (30.12.24) y diciembre 2024. Autoliquidación: 303*

  • Septiembre* (30.10.24), octubre* (02.12.24), noviembre* (30.12.24) y diciembre 2024. Grupo de entidades, modelo individual: 322*

  • Diciembre 2024. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349

  • Septiembre* (30.10.24), octubre* (02.12.24), noviembre* (30.12.24) y diciembre 2024. Grupo de entidades, modelo agregado: 353*

  • Septiembre* (30.10.24), octubre* (02.12.24), noviembre* (30.12.24) y diciembre 2024 (o año 2024). Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

  • Segundo trimestre 2024: solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la UE: 381* (31.12.24)

  • Cuarto trimestre 2024. Autoliquidación: 303

  • Cuarto trimestre 2024. Declaración-liquidación no periódica: 309

  • Cuarto trimestre 2024. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349

  • Cuarto trimestre 2024. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

  • Resumen anual 2024: 390

  • Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia: 308

  • Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicio: 318

  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341

  • Opción o revocación de la aplicación de la prorrata especial para 2025 y siguientes, si se inició la actividad en el último trimestre de 2024: 036/037

  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual: 036

  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual: 036* (02.12.24)

  • Solicitud aplicación régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2025: sin modelo* (02.12.24)

  • SII. Renuncia a la llevanza electrónica de los libros registro: 036* (02.12.24)

  • Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2025 y sucesivos: 036* (31.12.24)

  • Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2025 y 2026: 036* (31.12.24)

  • Renuncia régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2025: sin modelo* (31.12.24)

  • Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades: 039* (31.12.24)

  • Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades: 039* (31.12.24)

  • Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades: 039* (31.12.24)

  • Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2025: 036/037* (31.12.24)

  • Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2025, 2026 y 2027: 036/037* (31.12.24)

Impuestos sobre Determinados Servicios Digitales

  • Tercer trimestre 2024: 490* (31.10.24)

Impuesto sobre las Primas de Seguros

  • Octubre* (20.11.24) y noviembre* (20.12.24) 2024: 430* 

Impuestos Especiales de Fabricación

  • Octubre* (20.11.24) y noviembre* (20.12.24) Impuesto sobre las Labores de Tabaco e Impuesto sobre Hidrocarburos: 566*, 581*

  • Tercer trimestre 2024. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Excepto grandes empresas: 561*, 562*, 563*, 559* (20.11.24)

  • Octubre* (20.11.24) y noviembre* (20.12.24) Declaración de operaciones por los destinatarios registrados y representantes fiscales: 510*

Impuestos Medioambientales

  • Septiembre* (31.10.24), octubre* (02.12.24) y noviembre* (31.12.24) Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias

  • Octubre* (20.11.24) y noviembre* (20.12.24) Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592*

  • Noviembre 2024. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias* (31.12.24)
  • Tercer trimestre 2024. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias* (31.10.24)

  • Tercer trimestre 2024* (30.10.24) y Cuarto trimestre 2024. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación: 593

  • Año 2023. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación anual: 583* (02.12.24)

  • Año 2023. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración informativa anual de operaciones con contribuyentes: 591* (20.12.24)

  • Año 2024. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Tercer pago fraccionado: 583* (20.11.24)

  • Año 2024. Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Segundo pago fraccionado: 584* (20.12.24)

  • Año 2024: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación anual por cese de actividad de enero a octubre de 2024: 588* (02.12.24)

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

  • Octubre* (20.11.24) y noviembre* (20.12.24) 2024: 604*

Número de Identificación Fiscal

  • Tercer trimestre 2024. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195* (31.10.24)

Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales

  • Año 2023: Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 232* (02.12.24)

    Resto de entidades: en el mes siguiente a los diez meses posteriores al fin del período impositivo.

Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables

  • Tercer trimestre 2024: 235* (31.10.24)

Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal

  • Año 2023: 236* (31.10.24)

Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la zona especial canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario

  • Tercer trimestre 2024: 281* (31.10.24)

Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen fiscal especial de las Illes Balears

  • Año 2023: 283* (26.11.24). Para contribuyentes cuyo plazo de presentación del modelo 283 hubiera finalizado antes del 1 de noviembre de 2024.

    Resto de entidades: 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Declaración informativa sobre pagos transfronterizos

  • Tercer trimestre 2024: 379* (31.10.24)

Cuenta Corriente Tributaria

  • Solicitud de inclusión para el año 2025: CCT (Cuenta Corriente Tributaria)* (31.10.24)

    La renuncia se deberá formular en el modelo de “Solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”